Opinión
Los desahucios tienen rostro de mujer


Abogada del Centro de Asesoría y Estudios Sociales, CAES
-Actualizado a
La agenda feminista de los últimos años y, en particular la Comisión 8M, no ha dejado atrás la problemática de la vivienda, entendiendo que la lucha contra la especulación, los desahucios, los cortes de suministros, el desigual acceso a la propiedad, las múltiples formas de abuso inmobiliario o la inseguridad residencial afectan en mayor grado y de forma más directa y virulenta a las mujeres.
La visibilización del problema de de la vivienda como uno de los principales ejes de desigualdad es un primer paso para que las instituciones, entiendan (y se hagan cargo) de una vez, de que, si la vivienda es la principal preocupación ciudadana, y por ende el principal problema de la población, en el caso de las mujeres esto se agrava de forma exponencial y las soluciones no pueden seguir siendo meros titulares.
Los derechos de las mujeres a la vivienda, la tierra y a la propiedad son condición sine qua non para el ejercicio real del derecho a la igualdad y a un nivel de vida adecuado, así lo reconoce la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
El desigual acceso a la vivienda y las múltiples precariedades residenciales que habitan las mujeres, provocadas por un mercado absolutamente asalvajado y dominado por lógicas patriarcales- la ley del más fuerte- aplicado o extrapolado -al que más dinero sea capaz de pagar-, está provocando nuevas formas de discriminación que amplifican la desigualdad de partida que sufrimos las mujeres.
Así, cada día se van sucediendo nuevas formas de discriminación que afectan principalmente a mujeres que, por ejemplo, no encuentran una habitación o una casa para alquilar por tener hijos a cargo o simplemente porque su salario no alcanza para pagarlo, y todo ello, agravado, en muchos casos, cuando se trata de mujeres migrantes, gitanas o racializadas, doblemente discriminadas.
Los procesos de mercantilización y financiarización de la vivienda unidos al cambio climático no han hecho más que profundizar en esta brecha. En este sentido, son múltiples los Relatores Especiales sobre vivienda de Naciones Unidas los que se han pronunciado sobre la discriminación de las mujeres en el acceso a la vivienda, considerando “que las mujeres siguen sufriendo un trato discriminatorio en todas las esferas esenciales para el disfrute de una vivienda adecuada. La igualdad de acceso al crédito y a la financiación, la igualdad de derechos con respecto a la herencia de tierras y bienes y la eliminación de costumbres y tradiciones que entrañan prejuicios por motivos de sexo y privan a las mujeres de su derecho a sus hogares natal y marital, son aspectos críticos que es necesario abordar” (Koothari, 2003).
Por su parte, Leilani Farha ( ex Relatora especial de Vivienda de Naciones Unidas) apuntó que la crisis económica del 2008 se cebó especialmente con las mujeres, ya en muchos casos, al estar vinculadas de forma forzosa con sus maridos a través de las deudas hipotecarias dependían de estos para solucionar la situación o acabar siendo desahuciadas.
La ex Relatora, en realidad, estaba arrojando luz y poniendo un buen ejemplo de cómo funciona la violencia económica y como opera principalmente en el ámbito de la vivienda.
La violencia económica es otro tipo de violencia machista caracterizada por el control que impide el acceso de las mujeres a los recursos económicos o a las decisiones importantes sobre ellos, disminuyendo su capacidad económica y por ende su autonomía e independencia. En muchos casos, como dice Lucía Avilés, magistrada y actual vocal del CGPJ “obstaculizando romper el ciclo de violencia”.
Sin embargo, es inaudito que este tipo de violencia machista, que según la Macroencuesta de Violencia contra la mujer de 2019 casi el 12% de las mujeres reconoce haberla sufrido, no esté reconocida como tal en la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
La buena noticia es que sí que lo está, expresamente, en el Convenio de Estambul y acaba de ser reconocida como tal en el Pacto de Estado Contra la Violencia de Género, pero no se puede quedar ahí. Es urgente reformar el Código Penal para incluir esta forma de violencia machista, ampliando el tipo penal que actualmente sanciona el impago de las pensiones de alimentos (el denominado delito de abandono familiar) incluyendo una modalidad agravada cuando ese impago de pensiones impida el acceso a recursos básicos para la vida- como es la vivienda- o suponga la pérdida de la vivienda – como consecuencia de que dicho impago de pensión provoque no poder pagar del alquiler o la hipoteca.
Si bien es reforma penal, debe hacerse para acabar con ese ejercicio cotidiano de violencia machista que sufren tantas mujeres parece difícil abordar la desigualdad en el acceso a la vivienda o la inseguridad residencial que sufren muchas mujeres desde una perspectiva únicamente punitiva. Sería como ponerle puertas al mar.
Y es que, es el propio mercado especulativo el que opera con lógicas patriarcales, de dominación, opresión y discriminación dejando fuera a quien no puede pagar o tiene menor capacidad económica, en definitiva, discriminando.
Por eso, llegados a este punto, parece evidente que la única salida para comenzar a garantizar la igualdad entre hombres y mujeres en el acceso a la vivienda es sacar la vivienda del mercado.
Desmercantilizar la vivienda es condición necesaria para acabar con las múltiples violencias que sufrimos las mujeres en relación al acceso vivienda ya que es el propio mercado el principal factor y agente de discriminación.
Tan es así que, ahora mismo, podemos encontrar anuncios en portales inmobiliarios donde no se alquilan pisos a personas solas (que normalmente son mujeres, muchas de ellas migrantes) y mucho menos, a mujeres con niños a cargo, por considerar que su potencial riesgo de vulnerabilidad puede dificultar su posterior desalojo y por tanto frustrar la expectativa especulativa del rentista de turno.
De hecho, el propio mercado inmobiliario y su falta de intervención generalizada está provocando ya no sólo discriminaciones puntuales hacía las mujeres, sino directamente expulsiones. De hecho, los desahucios tienen rostro de mujer. La prueba más concluyente es que el único delito del Código Penal que registra mayores condenas en mujeres que en hombres es la usurpación (ocupación) de viviendas.
Sería interesante disponer de datos sobre quienes conforman las listas de espera para acceder a las escasas viviendas públicas y sociales que existen en nuestro país, apuesto a que la mayoría son mujeres. La falta de datos en esta materia es también parte del problema.
Por eso, y aprovechando el foco que la semana del 8M otorga a las luchas feministas y siendo la lucha por la vivienda una de ellas, es momento de volver a señalar que basta ya de violencia patriarcal también, cuando nos referimos a la cuestión de la vivienda.
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