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Inclusión amplía la cobertura del subsidio por cuidado de menores afectados por una enfermedad grave

La adaptación del real decreto tendrá un efecto retroactivo y desde este mes de abril se puede percibir la ayuda hasta los 26 años si el afectado tiene una discapacidad igual o superior al 65%.

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El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, durante la presentación de los presupuestos de su departamento para 2023, en la sede del Ministerio. — Juan Carlos Hidalgo / EFE

Madrid, Actualizado:

El Ministerio de Inclusión va a adaptar el real decreto que regula la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otras enfermedades graves y que desde este mes de abril se puede percibir hasta que el enfermo cumpla 26 años si tiene una discapacidad igual o superior al 65%.

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El cambio, recogido en la última reforma de pensiones, se aplicará de forma retroactiva. Es decir, los perceptores que hubieran visto extinguida la prestación este mes de abril por vencer el límite vigente hasta ahora podrán volver a solicitarla, según consta en el borrador de la normativa que saldrá en breve a consulta pública.

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Inicialmente este subsidio se podía percibir hasta que el afectado cumpliera 18 años pero en los últimos años se ha ido extiendo en edad y en supuestos. Así, desde el 1 de abril se puede reconocer la prestación hasta que el causante cumpla 23 años en los supuestos de padecimiento de cáncer o enfermedad grave diagnosticada antes de alcanzar la mayoría de edad.

Asimismo, se mantiene la prestación económica hasta que el causante cumpla 26 años si antes de alcanzar los 23 años acreditara, además, un grado de discapacidad igual o superior al 65%, según recoge la citada normativa.

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Este subsidio cubre a afiliados, por cuenta ajena o cuenta propia, que reduzcan su jornada de trabajo al menos un 50% por el cuidado de afectados por cáncer u otra enfermedad grave con el objetivo de compensar la pérdida de ingresos que sufren.

Otra novedad que busca incluir la Seguridad Social al modificar la normativa vigente es que no se exigirán periodos mínimos de cotización para poder pedir esta prestación en el caso de trabajadores que tengan menos de 21 años de edad.

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Según los últimos datos de la Seguridad Social, en 2021 estuvieron en vigor 8.240 procesos al amparo de este subsidio con una duración media de 583 días y un gasto de 153,23 millones de euros.

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