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Actualizado:Desde su llegada al juzgado de instrucción número 2 en 2017, Pilar Martínez Gamo ha intentado deshacerse de la causa del pequeño Nicolás y en concreto de la pieza separada que investiga la grabación ilegal a los agentes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y de Asuntos Internos, realizada en dependencias del ministerio del Interior como la que se hizo al ex ministro Jorge Fernández Díaz y, posiblemente, al comisario general de Información, Enrique Barón, según se va descubriendo por la Audiencia Nacional.
Su última resolución desestima los recursos de las acusaciones populares Asociación de Policía Municipal Unificada (APMU), de Podemos y de la Plataforma por la Honestidad y también de las defensas de la mujer del comisario José Villarejo, Gema Alcalá, y del redactor que presuntamente grabó Carlos Mier con unos argumentos poco sostenibles después de las pruebas que la Audiencia Nacional le ha facilitado para seguir investigando.
Por ejemplo, en su auto de 9 de abril rechaza investigar al empresario Adrián de la Joya; a los periodistas Daniel Montero Bejerano, Eduardo Inda Arriaga y Esteban Urreiztieta Núñez; y a los comisarios Eugenio Pino Sánchez (jubilado), José Luis Olivera Serrano y José Ángel Fuentes Gago alegando que no existen pruebas. Pero como desveló Público una semana antes, el 27 de marzo, el juez que instruye Tándem ya le había remitido tres dvds porque eran relevantes para la causa que ella instruye y que podrían demostrar como Eduardo Inda y Esteban Urreiztieta le facilitaron al pequeño Nicolás una grabación producto de un delito para que se archivara su causa y atacara a una institución del Estado como el CNI.
Tres procesos diferentes para unos mismos hechos
En concreto la justificación de la juez Pilar Martínez Gamo en su auto es que: "respecto a las imputaciones pretendidas, lo cierto es que a lo largo de la instrucción practicada no han aparecido a juicio del órgano instructor indicios racionales de criminalidad respecto a Adrián de la Joya, Daniel Montero Bejerano, Eduardo Inda Arriaga, Esteban Urreiztieta Núñez, Eugenio Pino Sánchez y José Luis Olivera Serrano". Pero según la documentación aportada por la acusación popular de Podemos, que también ejerce en la causa Tándem, sí que se han hallado nuevas pruebas y así también lo ha visto el juez y la Unidad de Asuntos Internos, y se lo han facilitado antes de que ella dictara el auto.
"Es muy grave —explican a Público desde el departamento legal de Podemos— porque tanto el juez de la Audiencia Nacional, por su propio criterio, como nosotros, con lo que hemos conocido de la causa, se lo hemos hecho saber y le hemos pedido que facilite las pruebas y lo que ha hecho es dictar esta resolución".
Lo que ha hecho la juez con estos tres DVDs remitidos desde la Audiencia Nacional es abrir una nueva investigación, como si no tuviera relación con los hechos, sin dar a las partes la posibilidad de acceder a la documentación hasta que se personen y sigan todo el trámite procesal. ¿Cuál es el problema? En paralelo podrían enviar para ser juzgada la causa, tras el escrito que acaba de dictar desestimando los recursos, a no ser que las partes vuelvan a recurrir ante la Audiencia Provincial.
Diluir el móvil del presunto crimen de blanqueo
La juez, además, incide en algo que ya le ha ocurrido con anteriores jueces. Desde la Plataforma por la Honestidad, su portavoz Pedro Arancón, lo explica: "Viendo que la juez había dejado indefensos a los funcionarios de la comisión judicial que investigaban la causa y que recibieron severas represalias por sus mandos —ese fue el motivo de que se creara una comisión por el anterior juez Arturo Zamarirego, que no tuviera que rendir cuentas ante el número dos de la Policía Eugenio Pino o el secretario de estado porque les estaban investigando— pusimos otra querella y el juez receptor dijo que era ella quien tenía que investigarlo porque los hechos estaban relacionados, pero también se deshizo de ella. Hay una intencionalidad de no investigar".
La juez señala en su auto: "Es cierto que durante la instrucción judicial se han presentado informes de la Comisión Judicial en los que se imputaban hechos delictivos a distintas personas a su entender, conectadas con el que el objeto de la instrucción: informe de la comisión judicial nº 67/16 de 20 de mayo de 2016 (f.976 y ss.) respecto a Daniel Montero Bejerano, Eduardo Inda Arriaga, Esteban Urreiztieta Núñez, Eugenio Pino Sánchez, e informe de la Comisión Judicial nº 50/17 de 14 de julio (f.5578 y ss.) respecto a Adrián de la Joya. Pero, como es sabido la instrucción judicial no tiene por qué ser una mimética trasposición de la actuación policial, al contrario, el órgano instructor debe llevar a cabo una valoración de la misma. Y esa valoración, de la que discrepa el recurrente se ha llevado a cabo ab inicio ya que de hecho ni siquiera a lo largo la instrucción se ha tomado declaración como investigado a dichas personas al no existir suficientes indicios constatables (y no meras presunciones o prospecciones) de su relación con los hechos investigados".
Y aquí la juez pone de manifiesto otros dos hechos "gravísimos" a juicio de las acusaciones populares. La comisión judicial entregó a mediados de 2017 un informe en el que intentaba explicar por qué Villarejo grabó al CNI y a Asuntos Internos. Hacía alusión a los propietarios de la finca, entre los que se encuentra el empresario Adrián de la Joya, y también el ex director de operaciones inmobiliarias del Banco Santander, Javier Martínez de la Hidalga, con quien trataba el pequeño Nicolás al ser detenido.
Según ha podido confirmar Podemos, aunque la juez dictó un auto en 2017 dictaminando que no incluía dicho informe en la causa pero que lo enviaba a reparto de los juzgado de Plaza de Castilla para que otro juzgado indagase, nunca llegó a hacer la gestión y el informe sigue en 2019 sin salir de las manos de Pilar Martínez Gamo, a pesar de su propio auto.
Además, la juez pudo haber interrogado al empresario Adrián de la Joya, amigo y cliente de Villarejo, como él mismo ha reconocido y a quien llamó la misma tarde de la detención de Nicolás —además de cruzarse más de 100 llamadas en dos meses tras reventar el caso—. Sin embargo, la primera vez el interrogatorio se suspendió porque la noche anterior De la Joya había sido detenido en la Operación Lezo y la segunda fue la juez Martínez Gamo quien le dijo que se marchara, ya que no era necesaria su declaración.
Ahora habrá que esperar a los recursos de las acusaciones ante la Audiencia Provincial y a los movimientos de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que deberán posicionarse si quieren que se esclarezca quién grabó a agentes el CNI y de Asuntos Internos en dependencias oficiales para archivar una investigación sobre un veinteañero, presunto estafador, como el pequeño Nicolás.
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