Este artículo se publicó hace 11 años.
El Supremo anula la aplicación de la doctrina Parot a seis etarras
Supone la excarcelación de los presos Carmen Guisasola y Andoni Cabello, ya que los otros cuatro ya estaban en libertad
El Tribunal Supremo ha anulado la aplicación de la doctrina Parot en el caso de los seis últimos miembros de ETA que recurrieron ante el alto tribunal para solicitar la liquidación de sus condenas, que son los presos de la organización terrorista Carmen Guisasola, Andoni Cabello, Juan Ramón Rojo González, José Ignacio Etxeberra, Ignacio Pujana y Juan José Legorburu.
Los siete magistrados remitirán a la Audiencia Nacional las órdenes de libertad de todos ellos para que ejecute sus excarcelaciones en aquellos casos en que proceda. Cuatro de ellos ya se encuentran en libertad por lo que la salida de prisión solo afectaría a Guisasola y Cabello, han informado fuentes jurídicas.
Tanto Pujana como Legorburu se encontraban en libertad condicional tras acogerse a la conocida como 'vía Nanclares'. Etxerria fue excarcelado por la Audiencia Nacional el pasado 20 de noviembre y Juan Ramón Rojo quedó libre en marzo de este año, también por orden del tribunal sentenciador.
El TS ha aplicado lo acordado en Pleno no Jurisdiccional el pasado 12 de noviembre, cuando la Sala de lo Penal del alto tribunal concluyó por doce votos frente a cuatro que la aplicación de la doctrina Parot debe tenerse por anulada para todas las sentencias condenatorias en ejecución dictadas antes del 28 de febrero de 2006 y que las excarcelaciones deben ser adoptadas por el tribunal sentenciador, que en estos casos es la Audiencia Nacional.
Establecieron concretamente que las condenas dictadas con anterioridad a la sentencia dictada contra Henri Parot --que estableció la doctrina-- y en las que se haya aplicado el Código Penal de 1973 (por no resultar favorable el de 1995), "las redenciones ordinarias y extraordinarias que procedan se harán efectivas sobre el límite máximo de cumplimiento establecido conforme al artículo 70 del referido código penal de 1973, en la forma en que se venía haciendo con anterioridad" a dicha resolución.
La Audiencia excarcela a otros seis presos de ETA y al único del GAL
Por su parte, la Audiencia Nacional ha acordado la excarcelación y extinción definitiva de responsabilidades de otros seis etarras y del único miembro de los GAL que estaba en la cárcel, Ismael Miquel, como consecuencia de la anulación de la doctrina Parot.
Entre los miembros de ETA que saldrán de prisión en las próximas horas se encuentra José Gabriel Zabala Erasun, condenado como cooperador necesario en tres atentados que se produjeron entre 1992 y 1993 en Madrid (en las calles de López de Hoyos y Joaquín Costa y la plaza de la Cruz Verde), en los que murieron 17 personas.
La Sala de lo Penal también han resuelto, a petición de la Fiscalía, la excarcelación de Miren Josune Onaindia Susaeta y su marido, Joseba Iñaki Zugadi García, condenados por los asesinatos de dos guardias civiles en Gernika en septiembre de 1987.
También saldrán de la cárcel los etarras José Ramón Martínez de la Fuente Intxaurregui, condenado entre otras causas por el asesinato del teniente coronel retirado José Luis Prieto Gracia en 1981; y Kepa Mirena Solana; así como el miembro de los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL) Ismael Miquel Gutiérrez, que asesinó a un ciudadano francés en 1985.
Además, el tribunal ha acordado la extinción de las responsabilidades penales para Fernando Vicente Luis de Astarloa, perteneciente a la denominada 'vía Nanclares' de reinserción y que se encontraba en libertad condicional.
La Audiencia Nacional ha adoptado su resolución en aplicación del acuerdo adoptado el pasado día 12 por el Tribunal Supremo en el que ordenaba que los tribunales sentenciadores en cada caso ejecutaran la resolución del Tribunal de Estrasburgo en la que derogaba la 'doctrina Parot' y amparaba a la etarra Inés del Río.
De esta forma, se eleva a 65 el número de presos condenados por asesinato que han sido beneficiados por la Audiencia Nacional desde que el pasado 21 de octubre el Tribunal de Estrasburgo condenara a España a indemnizar a la etarra Inés del Río por aplicarle de forma retroactiva la 'doctrina Parot'.
De ellos, 58 son miembros de la organización terrorista ETA y cinco de los GRAPO, a los que hay que sumar el almeriense Pompeyo Miranda, que fue condenado en Bolivia por varios asesinatos, y el miembro del GAL Ismael Miquel Gutiérrez.
En relación con la organización terrorista ETA, el tribunal ha excarcelado a un total de 54 presos, incluida Del Río, ha extinguido la responsabilidad penal de otros tres reclusos que estaban en libertad condicional (José Manuel Fernández Pérez de Nanclares, Bautista Barandalla y Fernando Vicente Luis de Astarloa) y ha adelantado para el 25 de diciembre la salida de prisión de Andoni Múñoz de Vívar Berrio.
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