El Supremo pide juzgar al diputado del PP Alberto Casero por malversación cuando era alcalde de Trujillo
El juez Andrés Palomo muestra sus sospechas sobre determinados acuerdos y contratos de servicios que el dirigente popular realizó cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres) en 2017 y 2018.
Publicidad
MADRID, Actualizado:
El magistrado del Tribunal Supremo Andrés Palomo, a cargo de la investigación contra el diputado del PP Alberto Casero, ha propuesto dirigir un suplicatorio al Congreso para proceder penalmente contra el dirigente al ver indicios racionales de presuntos delitos de prevaricación y malversación por determinados acuerdos y contratos de servicios que realizó cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres) en 2017 y 2018.
Publicidad
Palomo ha elevado este lunes una exposición razonada a la Sala Segunda del Tribunal Supremo en la que recoge indicios de que Casero –en su condición de alcalde– concertó con diferentes personas y entidades distintos contratos de servicio, patrocinio o convenios, "incumpliendo todo tipo de formalidad exigida al efecto por la normativa aplicable en cada caso".
Se trata de un trámite necesario para poder continuar con el procedimiento abreviado, ya que implica una inculpación formal que requiere con carácter previo la autorización del Congreso por la condición de diputado de Casero.
El Supremo investiga al dirigente del PP desde el pasado mes de marzo, cuando el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Trujillo elevó una exposición razonada en la que se calificaban los hechos atribuidos al entonces alcalde como un presunto delito continuado de prevaricación administrativa. La Fiscalía, por su parte, entendió que había también indicios de un presunto delito de malversación.
Publicidad
Casero pidió al Supremo que archivara el procedimiento que se sigue en su contra al considerar que no existen indicios que permitan atribuirle ni prevaricación ni malversación en los acuerdos y contratos de servicios que realizó cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres) en 2017 y 2018. La Fiscalía se opuso a dicha petición y ahora el juez ha confirmado su decisión de no dar por cerrado el caso y ha elevado el caso a la Sala Segunda.
Prevaricación y malversación
En 13 folios, el juez Palomo ha explicado que la conducta de Casero "no solo supone reiteradas y admitidas irregularidades administrativas", sino un "modo de proceder" que identifica "su voluntarismo al margen de cualquier interpretación con un resquicio de racionalidad del ordenamiento jurídico".
Publicidad
Así, ha subrayado las "vedadas contrataciones verbales o sin tramitación ni publicidad alguna en los supuestos que la cuantía lo requería" y la "elusión de los mecanismos de control" por parte del exalcalde. Y ha incidido en la "asunción directa de pagos" por la integridad de los servicios que se prestaban a entidad en la que el municipio sólo era una parte, algo que encaja con el delito de prevaricación.
Además, el magistrado ha asegurado que los hechos investigados también pueden ser constitutivos del delito de malversación, dado que igualmente revelan que se excedió en sus facultades de administración del patrimonio del consistorio, "causando un verdadero perjuicio al mismo" por un monto que superaría los 50.000 euros en concepto de pagos que "no competían al Ayuntamiento o se realizaron por servicios no prestados".
Publicidad
Casero niega cualquier delito
Desde que se iniciaran las pesquisas en su contra, el dirigente del PP ha defendido que, aunque pudo haber problemas administrativos en los acuerdos y contratos que se investigan, no ha habido prevaricación alguna por su parte.
En sede judicial y posteriormente en un escrito dirigido al juez, Casero reconoció que "la tramitación de esas contrataciones y convenios no siguió los debidos procedimientos administrativos", y que, por tanto, "se pueden calificar de irregulares o, incluso, si se quiere de ilegales". Subrayó, sin embargo, que "no suponen una desviación de poder".
Publicidad
Insistió en que "por más errores administrativos que pudieran existir, y que dado el funcionamiento y precariedad de medios del Ayuntamiento son perfectamente entendibles, todos los trabajos contratados se prestaron, tal y como queda acreditado en las sentencias correspondientes que condenaron al pago de cantidades al Ayuntamiento".
A su juicio, "no hay una absoluta falta de fundamento para adoptarlas ni una omisión de trámites cuya ilegalidad sea grosera y manifiesta, contraria a la razón y a las leyes, dictada caprichosamente".
Publicidad
Contratos bajo sospecha
En el marco del procedimiento se investigan varios contratos que se encuentran bajo sospecha. Según la prueba documental y testifical que obra en la causa, en marzo de 2017 Casero –en su condición de alcalde– contrató a un psicólogo para que prestara servicios al consistorio en materia de violencia de género. "No informó ni aportó al Ayuntamiento el contrato suscrito, ni se instruyó expediente de contratación, ni recabó informe del órgano de contratación sobre la necesidad del servicio ni se aprobó el gasto", ha apuntado el juez.
Asimismo, figura que en septiembre de 2017, el entonces alcalde del PP firmó con el presidente de la Cámara de Comercio de Perú en España un contrato comprometiendo al Ayuntamiento al pago de 25.000 euros, sin dar cuenta a los servicios económicos y jurídicos del Ayuntamiento, sin que el acuerdo fuera aprobado previamente y sin someterlo a información pública ni publicarse en el BOE.
Publicidad
Ese mismo año, Casero habría acordado verbalmente aportar 18.000 euros a un evento organizado por la Asociación Cultural Bon Vivant, sin seguir procedimiento alguno y sin informar a los servicios del Ayuntamiento.
En junio de 2018, firmó un contrato de patrocinio con la misma asociación comprometiéndose a la aportación de 18.000 euros, asumiendo además otros costes, sin seguir procedimiento alguno de contratación.
Publicidad
Constan, además, otros dos hechos. Por un lado, un contrato en 2018 con la empresa Icaro Consultores en Comunicación, SLU, para la organización de un evento por importe de 14.303 euros más IVA, sin informar a los servicios competentes y sin seguir el procedimiento adecuado.
Por otro lado, figura un contrato de ese mismo año con Radio Interior SL –un contrato de servicios de comunicación y promoción de la Feria del Queso de Trujillo– en cuantía superior a 15.000 euros. En ese caso acudió al procedimiento propio del contrato menor cuando, por la cuantía, debería haber sido licitado en procedimiento abierto.