madrid
Actualizado:Durante 16 minutos, la magistrada Pilar Alonso Saura, expuso frente al Presidente del Consejo Judicial de Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, y a los vocales de la Comisión de Calificación, su proyecto para el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, a cuya presidencia aspiraba. Era el 13 de enero de 2015. No se olvidó la candidata de mencionar la corrupción como uno de los problema a los que se enfrentaba el órgano que quería dirigir: "Hay una necesidad de atender este tema, con medios, es un problema integral y Murcia es especialmente sensible, con numerosas investigaciones con cargos públicos implicados".
De los tres aspirantes a la plaza, la jueza Alonso, magistrada de la Audiencia Provincial de Murcia, era la favorita en la terna, la que más experiencia acumulaba, desde que obtuvo su plaza en 1976, ascendiendo a magistrada en 1984. Conocía perfectamente las jurisdicciones penal y civil, al haber estado al frente de dos audiencias provinciales. Alonso ocupaba el número 280 en el escalafón de la Carrera Judicial. Pero el 29 de enero de 2015 el pleno del CGPJ adjudicó la presidencia a otro aspirante: Miguel Pascual de Riquelme, titular del juzgado número 2 de lo Penal de Murcia, con menos méritos objetivos y en el número 1.440 del escalafón. La batalla judicial que emprendió a partir de entonces la magistrada Pilar Alonso es pionera en España y ha llegado al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, donde, una vez admitida su demanda, se ha solicitado al Estado español pruebas de que a esta jueza no se la discriminó por ser mujer.
Así lo cree firmemente Pilar Alonso. Y en palabras de su abogado, el catedrático Tomás Ramón Fernández, "sigue peleando porque se siente maltratada", dice a Público el letrado. Tras la elección de Pascual de Riquelme, la magistrada recurrió al Tribunal Supremo, "por haber logrado acreditar su superioridad en los méritos objetivos o reglados" y haber sufrido "una discriminación por razón de sexo".
La Sala Tercera le dio la razón. Los magistrados observaron que tanto el tiempo en la carrera judicial; el ejercicio en destinos en órdenes civil y penal; el servicio en órganos colegiados, como son las audiencias provinciales; la cantidad de sentencias aportadas, frente a las cinco del candidato varón; y la diferencia de puestos (más de mil) en el escalafón no se habían tenido lo suficientemente en cuenta en la decisión del CGPJ, que en cambio había valorado muy positivamente el proyecto defendido por Pascual de Riquelme. "Acredita una notable formación personal y experiencia vital en cometidos de dirección, coordinación y gestión como juez decano y por su labor temporal como letrado del CGPJ", indica la sentencia del Supremo el candidato ganador.
En cuanto a la posible discriminación por el hecho de ser mujer, dijo entonces la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo: "Cuando nos hallamos, como es el caso, ante una aspirante mujer que tiene un perfil de méritos por lo menos parejo al del aspirante varón, e incluso en algunos puntos relevantes notablemente superior, la decisión final de adjudicar la plaza al varón tiene que ser singularmente explicada". Y añadía que en ese caso no lo había sido, no había sido razonada. Así que ordenó que se repitiera el proceso, anulando el nombramiento de Pascual de Riquelme, pero negándose a la pretensión de Pilar Alonso de que ya en la misma sentencia se le adjudicara la plaza a ella.
El proceso se repitió con idéntico resultado que en 2015. Volvió a resultar elegido el hombre. Esta vez el Consejo General del Poder Judicial le dedicó más espacio a su razonamiento, alegando que no se trataba sólo de un concurso de méritos sino que también primaban otros requisitos, en cuanto al conocimiento organizativo de los juzgados y que la exposición y el proyecto presentado por Miguel Pascual de Riquelme era superior al de la magistrada. Ella volvió a interponer un recurso contencioso-administrativo en el Supremo, pero sin éxito. Su petición de amparo ante el Tribunal Constitucional tampoco surtió efecto. "El Constitucional necesitó 108 páginas para decirme que mi recurso carecía de transcendencia constitucional", se queja el catedrático Tomás Ramón Fernández, abogado de la magistrada Alonso. "Fue un asunto muy espinoso, que perdimos por poco margen. Demuestra todo lo que queda aún por hacer en materia de igualdad", dice Fernández.
Este catedrático ya jubilado cree que en el Tribunal de Estrasburgo las posibilidades de ganar el recurso "son pequeñas". "Hay un escalón, el último peldaño, que nadie quiere subir, ni la justicia de aquí ni la de Europa, y es anular el nombramiento y a la vez nombrar a Pilar para el puesto. Eso no se ha hecho nunca". Recuerda Tomás Ramón Fernández que "cuando daba clases la mayoría de los alumnos eras mujeres pero luego eso no se nota en la cúpula judicial".
A la magistrada Pilar Alonso pueden seguirla otras colegas en su batalla judicial contra la discriminación en la judicatura por motivos de género. Por ejemplo, la magistrada Rosa María Freire, titular del juzgado de instrucción 32 de Madrid. Según ha podido saber Público, acaba de perder en el Supremo un recurso por no haber sido elegida como jueza de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción Número 6 de la Audiencia Nacional. El puesto fue a parar, en 2019, al juez Alejandro Abascal, con menos experiencia. Aún son muy pocas las juezas que acuden a la vía judicial y salen a la palestra a denunciar casos de discriminación.
Cambio de las reglas del juego
La Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE) alertó, en 2016, ante el caso de Pilar Alonso, de un "cambio de las reglas del juego". Su toque de atención sigue vigente hoy, porque los criterios que se siguieron dos veces para no elegir a la magistrada para presidir el Tribunal Superior de Justicia de Murcia se han seguido aplicando después en otros casos similares, donde mujeres con mucha experiencia pierden frente a candidatos varones con menos méritos, pero a los que se favorece por las exposiciones de su plan de acción o su proyecto para la plaza en liza, como le ocurrió a Pilar Alonso. "Hasta entonces, como las mujeres habían entrado más tarde en la carrera judicial porque lo tenían prohibido, perdían frente a los varones por no tener tanta antigüedad, pero cuando ya la obtuvimos, resulta que lo que prima ahora ya no es el mérito, la experiencia, la antigüedad y la calidad del candidato, ahora se valora más el plan de actuación", explica la magistrada Gloria Poyatos, que forma parte de AMJE.
España, el país europeo con menos juezas en la cúpula
Desde que en 1966 dejara de estar prohibida por ley para las mujeres la carrera judicial, ahora ya son mayoría frente a los hombres. De los 5.341 jueces y magistrados en activo, las mujeres representan el 54,3 por ciento. Pero, sin embargo en la cúpula judicial apenas llegan a un 30 por ciento. En un reciente estudio de la Asociación judicial Francisco de Vitoria (AFV), se aportan datos esenciales para comprender el problema. En el Tribunal Supremo solo hay 16 mujeres frente a 62 hombres. Y no fue hasta septiembre del año pasado cuando una mujer fue nombrada para presidir una Sala del Supremo, la de lo Social: María Luisa Segoviano.
Solo diez mujeres presiden audiencias provinciales, pese a que su presencia ahí alcanza el 39,89 por ciento. Y solo dos presiden un Tribunal Superior de Justicia. El problema es de gran envergadura, porque España es el país europeo con menos mujeres en la cúpula judicial, solo superada por Malta, Albania, Turquía, Islandia y la República Checa, según datos de 2019. Ante las cifras alarmantes que demuestran la escasa presencia femenina en los altos cargos judiciales, la jueza Natalia Velilla, de la Comisión de Igualdad de la AFV, afirma que parte de la culpa la tiene el sistema por el cual se eligen esos altos cargos: "Las mujeres somos las mayores perjudicadas por un sistema de elección de los cargos discrecionales del CGPJ realmente oscuro". Velilla explica a Público que "este informe de la Asociación Francisco de Vitoria tiene como propósito poner el foco en el sistema poco transparente y poco reglado que existe en España, que supone además una discriminación para las mujeres en la carrera judicial. Un sistema politizado que acaba pasando factura a la transparencia en el nombramiento de los altos cargos".
Y pone esta jueza un ejemplo clarificador: "En las elecciones democráticas que se celebran para los órganos de gobierno de los Tribunales de Justicia hay paridad, un 48 por ciento de mujeres y un 52 de hombres, pero en los cargos de la cúpula [nombramientos discrecionales] que se eligen por el CGPJ vemos que la presencia femenina es realmente muy escasa", explica Natalia Velilla. Las mujeres son mayoría en los órganos unipersonales, como los juzgados de lo Penal, primera instancia... Pero no llegan al 30 por ciento en los órganos centrales, como la Audiencia Nacional y el Supremo. "Es urgente cambiar el sistema de elección, como exige Europa a España, empezando por el modelo para elegir a los vocales del Consejo General del Poder Judicial. Se necesita más democracia", asegura Velilla.
Solo el dos por ciento de los magistrados piden excedencias
La Comisión de Igual del Consejo General del Poder Judicial se ha comprometido a abordar el problema con un estudio, que lleva tiempo siendo reclamado por las magistradas, sobre los motivos por los que las mujeres se presentan con menos frecuencia a los procesos selectivos para ocupar esos cargos de libre designación. "Puede ser porque nos hemos dedicado al cuidado de los hijos, porque no tenemos las mismas posibilidades de tiempo para hacer cursos, y otras actividades que luego suponen méritos", opina María Jesús del Barco, la jueza decana de Madrid. Según explica, el 98 por ciento de las excedencias para el cuidado de hijos en la carrera judicial la piden las magistradas. María Jesús del Barco sostiene que "los criterios de igualdad tan anunciados por el Consejo no se están reflejando en la práctica".
El Tribunal Constitucional es otro ejemplo de desequilibrio de género, de sus doce miembros solo dos son mujeres. "Nunca ha habido más de dos mujeres juntas en el Constitucional", asevera la magistrada Gloria Poyatos. "Hay que tener en cuenta que el Constitucional es un cuarto poder porque puede anular las leyes que se aprueban en el Congreso, las resoluciones del Ejecutivo y sentencias del Tribunal Supremo, por lo tanto, tener solo a dos mujeres limita la representación y la visión femeninas de la sociedad. Es una anomalía democrática, y aunque se avanza, se hace muy lentamente".
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