MADRID
Inspección de Trabajo recoge el guante de los trabajadores de Deliveroo y lleva a la empresa a los tribunales por su modelo laboral. Las demandas presentadas por el organismo estatal en Valencia y Madrid han sido admitidas a trámite. Al mismo tiempo, sendos tribunales han señalado fechas para el acto de conciliación y, en su caso, la celebración de un juicio.
A estas reclamaciones se le suma el fallo emitido el pasado 4 de junio, en el que el juzgado de lo social número 6 de Valencia cuestiona la legalidad del modelo de negocio de la plataforma de reparto al sostener que los riders son falsos autónomos.
En este sentido, la sentencia considera que un exrepartidor que denunció a Deliveroo por un despido improcedente ejerció sus funciones como asalariado de la compañía, a pesar de estar contratado como autónomo. Asimismo, condena también a la empresa a indemnizar con 705 euros a este trabajador o a su readmisión.
Relación laboral, no mercantil
Carlos Iglesias, miembro de la Plataforma Riders X Derechos Valencia, acudirá a declarar como testigo, en febrero de 2019, ante el juzgado de lo social número 5. "Hace unos meses presentamos una denuncia colectiva [97 mensajeros] contra Deliveroo por el tema de los falsos autónomos", relata a Público
En diciembre de 2017, cuando Trabajo finalizó la instrucción, señaló en su informe que Deliveroo tenía que devolver a todos los riders las cuotas de autónomos "por entender que la relación de servicios que unía a la empresa con los trabajadores es de naturaleza laboral, y por lo tanto, [la compañía] tenía la obligación de haber cursado el alta y cotizar por los trabajadores en el Régimen de la Seguridad Social", según recuerda la Inspección en la demanda presentada ante el juzgado.
El 'rider' es un "subordinado", no un empresario
Según los testimonios aportados, los inspectores evidencian la relación de los mensajeros con la compañía. Estos "dependen" de la empresa, que puede "dictar nuevas instrucciones y los trabajadores deben obedecer". Asimismo, Deliveroo marca las pautas, los estilos y fija el calendario: el rider, por tanto, es un "subordinado", no un empresario.
La plataforma de reparto impugnó el acta de liquidación y alegó que la relación que une a la misma con dichos trabajadores "no es de naturaleza laboral sino mercantil, siendo estos trabajadores autónomos", a diferencia del criterio que comparten las diferentes inspecciones realizadas y el juzgado de lo social de Valencia.
Felipe, miembro de Riders X Derechos Madrid, comenta a Público que está "contento" por poder acudir a los tribunales para contar "esta gran injusticia". Él, junto a otros tantos repartidores en la capital, declarará como testigo ante el juzgado de los social número 19 de Madrid en diciembre de este año. "Tras la crisis, hemos presenciado un gran cambio entre el asalariado y el emprendedor; me alegro de que la Justicia nos de la oportunidad de explicar nuestra situación", abunda.
Este juzgado admitió el pasado 8 de junio la demanda interpuesta por la Tesorería General de la Seguridad Social "en materias laborales individuales".
Las inspecciones se llevan a cabo de manera territorial
Y es que, el modus operandi es el mismo. Los repartidores denuncian a la Inspección provincial su situación laboral, este organismo pide la documentación pertinente, se reúne con los trabajadores y elabora un acta de liquidación. "Obviamente, es un proceso largo que se demora y que depende de cada ciudad", cuenta a este medio Adrián Todolí, abogado especializado en economía colaborativa y falsos autónomos.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado mes de abril un nuevo plan estratégico para perseguir el fraude que suponen los falso autónomos y controlar la contratación temporal injustificada, la contratación a tiempo parcial y los contratos formativos. Si bien, este profesional aclara que las investigaciones se iniciaron hace varios meses.
Los inspectores han solicitado ya la respectiva documentación para indagar sobre el funcionamiento de esta compañía en, al menos, más de media docena de ciudades: Barcelona, Bilbao, Zaragoza, Sevilla, A Coruña, Alicante o Gijón. "Cada provincia ha hecho una inspección por su cuenta, pero estos organismos están coordinados. Todo ello, además, tras previa denuncia de los trabajadores y los sindicatos".
En esencia, como ha podido saber Público, las demandas presentadas —hasta la fecha— por los inspectores en Valencia y Madrid cuestionan la legalidad del modelo laboral de Deliveroo. Por tanto, este criterio, que considera a los riders falsos autónomos y no autónomos, será el mismo que tenga la Inspección de Trabajo en Barcelona, Zaragoza, Bilbao "y, en general, el organismo provincial del resto de ciudades donde estos repartidores operan", en palabras de Todolí. "Todo es cuestión de tiempo", zanja.
"Especial hincapié" en los falsos autónomos
Por su parte, el nuevo Gobierno de Pedro Sánchez también ha anunciado que pretende poner fin a los asalariados que trabajan en las plataformas de reparto. "Vamos a hacer especial hincapié en el problema que hay con los falsos autónomos y autónomas y quien esté haciendo competencia abusiva y desleal al mundo de la economía colaborativa y del cooperativismo", señaló el pasado lunes la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Madgalena Valerio.
En la apertura de la Asamblea General de la Confederación Española de Cooperativas de Trabajo Asociado (Coceta), Valerio defendió que la Economía Social pueda "competir" en el mercado, con un modelo de empresa donde "las personas priman por encima del capital", y señaló que para ello el Gobierno seguirá luchando contra el fraude a la Seguridad Social.
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