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Derechos de los animales Sacrificio cero, fin de la venta en tiendas y circos sin maltrato: claves de la futura ley de protección animal

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 trabaja en una ley pionera que acabará con el sacrificio en las perreras y elevará los derechos de los animales. Estas son algunas de las claves del anteproyecto legislativo.

Una voluntaria de una protectora acaricia a un perro rescatado de las zonas afectadas por la erupción del volcán de La Palma.
Una voluntaria de una protectora acaricia a un perro rescatado de las zonas afectadas por la erupción del volcán de La Palma. Juan Medina / REUTERS

El Gobierno quiere aprobar una ley pionera y ambiciosa para elevar la protección de los animales en España. Para ello, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 está trabajando en la creación de un marco jurídico que regule el comportamiento de las personas hacia las mascotas y el resto de seres vivos con los que convive. Así se destaca en el borrador del anteproyecto de ley que la cartera dirigida por Ione Belarra ha sacado a información pública esta misma semana.

La futura ley, tal y como está planteada en el borrador, responde a la creciente sensibilización social de un país en el que uno de cada tres hogares posee un animal de compañía, pero donde persisten los casos de maltrato y abandono, con al menos 300.000 seres vivos que son desatendidos cada año, según los datos de la Asociaciones Protectoras y de Defensa Animal. De esta forma, el texto de la futura ley pretende abordar estas conductas para solventarlas, además de atajar otras prácticas sin regular a nivel nacional como el uso de animales salvajes en circos o las condiciones para sacrificar un animal.

Estas con algunas de las claves de la futura Ley de Protección y Derechos de los Animales.

Hacia el sacrificio "cero"

La ley recoge una de las demandas históricas de los colectivos animalistas: el sacrificio "cero". Aunque las asociaciones muestran dudas y esperan a ver el resultado final de este texto legislativo, el documento presentado por la Dirección General de Derechos de los Animales estipula que se prohibirá "el sacrificio de animales de compañía, exceptuando razones sanitarias o eutanásicas", de tal forma que se impedirá poner fin a la vida de animales "por cuestiones de ubicación, edad o espacio de instalaciones". 

No existen perros "potencialmente peligrosos"

La tradicional división por razas de perros "potencialmente peligrosos" dejará de tener vigencia tal y como se conoce. La intención del Gobierno es cambiar la forma en la que se dirime si un can es agresivo, de modo que no sea la raza la que lo estipule. Así, los animales se someterán a una valoración individual para determinar si su comportamiento tiene rasgos violentos y su propietario necesita una licencia especial.

De esta forma, podría darse la situación de que una raza pequeña, aparentemente inofensiva, sea catalogada como peligrosa por su comportamiento, mientras que una más grande e imponente quede fuera de esta catalogación. Para ello, se modificará la Ley 50/1999 de Animales Potencialmente Peligrosos.

Regulación de la cría 

Por primera vez se impedirá por ley que personas particulares puedan criar animales de compañía. El anteproyecto establece que sólo podrán desempeñar estas actividades aquellas personas que estén "debidamente inscritas en el Registro Nacional de Profesionales de la Cría", un organismo dependiente de la Dirección General de Derechos Animales. Para impedir que haya cruces de perros indeseados se obligará a esterilizar a los machos y hembras que convivan en el mismo domicilio, algo que evitará el nacimiento de cachorros que podrían ser abandonados.

Por otro lado, las tiendas no podrán vender animales ni exhibirlos en escaparates al público con fines comerciales. No obstante, los peces quedan excluidos de estos dos puntos.

Listado Positivo de Animales de Compañía

Se creará también un "Listado Positivo de Animales de Compañía". Este registro será una forma de controlar qué especies pueden venderse y, sobre todo, cuáles pueden entrar en España. Es, según el Ministerio de Derechos Sociales, una forma de evitar que se puedan comercializar animales que puedan suponer un peligro para la salud de las personas, pero también de impedir la entrada de especies exóticas que supongan una amenaza para el medio ambiente y los ecosistemas. 

Animales en cabalgatas, belenes y circos

El uso de animales en espectáculos como belenes o cabalgatas quedará regulado y limitado. Se prohibirá su uso, también en procesiones de Semana Santa, cuando se "mantenga al animal de una forma antinatural" o "inmovilizado durante el transcurso del evento". Además, los caballos no podrán usarse en romerías para arrastrar peso excesivo y se potenciarán las inspecciones veterinarias para asegurar que este tipo de animales –también las especies utilizadas para paseos turísticos en carroza– tienen unas buenas condiciones de salud y disfrutan de tiempos de descanso. En rasgos generales, las inspecciones –también para los centros de cría– se harán como mínimo con carácter bianual.

De salir adelante el texto del borrador, se prohibirá el uso de animales salvajes en circos, algo que ya se ha se ha aprobado en algunas comunidades autónomas como Navarra, Extremadura o Asturias.

Registro de personas inhabilitadas para tener animales

El Estado tendrá un control de las personas que hayan cometido cualquier acción que les haya inhabilitado legalmente para tener animales o desarrollar actividades con ellos. Así, se creará un registro específico donde se inscribirá a toda persona física o jurídica que haya quedado inhabilitada penal o administrativamente. Este listado se nutrirá de los datos aportados por las comunidades autónomas, entidades locales y departamentos ministeriales competentes. 

Ni collares de pinchos ni animales encerrados

La ley prohibirá los collares de pinchos para perros y los collares estranguladores utilizados habitualmente para el adiestramiento de canes. Tampoco se podrán emplear utensilios de descarga eléctrica.

La ley veta otras prácticas habituales con animales de compañía y se castigará a aquellos propietarios que mantengan de manera permanente a sus mascotas en terrazas, balcones, trasteros, sótanos, patios, azoteas o en vehículos. De esta forma, no se podrán dejar sin supervisión humana durante más de tres días consecutivos, en el caso de los canes, este plazo se restringe a las 24 horas.

Las peleas con animales, prohibidas

Se prohíben las peleas de animales, así como el adiestramiento de estos para riñas. Si bien los enfrentamientos entre perros estaban ya ilegalizados, esta medida pone el foco en otras prácticas permitidas y a menudo desconocidas como son las peleas de gallos. Además, el tiró al pichón y el tiro al tubo dejarán de ser legales en España.

Un protocolo para salvar animales en emergencias

La ley obligará a las comunidades autónomas a establecer protocolos de evacuación de animales en todos sus planes territoriales de emergencias. Esto quiere decir que las Administraciones deberán tener un registro del número de especies y deberá garantizar que haya lugares donde estos puedan refugiarse y quedar a salvo. Las autoridades, según el anteproyecto de ley, deberán facilitar también que las personas puedan ser realojadas provisionalmente junto a sus animales de compañía.

Protección para las colonias felinas

Las colonias felinas tienen un artículo propio en este anteproyecto legislativo. Se desarrolla en el texto la obligación de las Administraciones a gestionar estas poblaciones de gatos de manera ética, de tal forma que se "fomente" la colaboración ciudadana y se implementen planes para el control demográfico que sean respetuosas y libres de maltrato. Esto quiere decir que los ayuntamientos deberán garantizar la esterilización, además de instalar refugios para los felinos.

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