Este artículo se publicó hace 6 años.
Multan a la Seguridad Social tras no pagar una baja de maternidad por gestación subrogada
Un juez de Barcelona estima que el sistema público actuó de mala fe dado que el Tribunal Supremo ya había dictado jurisprudencia. Por ello, le obliga a abonar la cifra que corresponde a 16 semanas de baja.
Un juez de Barcelona ha multado a la Seguridad Social por no pagar la prestación por maternidad a una pareja gay que tuvo un hijo por gestación subrogada, aquella por la cual una pareja decide tener un hijo tras pagar un vientre de alquiler. El juzgado estima que el sistema público actuó de mala fe dado que el Tribunal Supremo ya había dictado jurisprudencia. Por ello, le obliga a abonar la cifra que corresponde a 16 semanas de baja.
Esta situación es el resultado de lo ocurrido después de que un miembro de una pareja solicitara la prestación por maternidad en marzo del 2016. Su empresa se la concedió, y el abono de los salarios corría a cargo de la Seguridad Social, porque así está estipulado. Pero el ente público le denegó ese derecho. El mes siguiente le argumentó que esto se debía a que no se hallaba "en ninguna de las situaciones protegidas que establece la normativa".
El afectado decidió entonces acudir a los tribunales. Interpuso una demanda en el juzgado de lo social número 11 de Barcelona. Pero el Tribunal Supremo había resuelto un problema similar anteriormente en otro caso de baja por maternidad subrogada en una sentencia dictada el 25 de noviembre del 2016. Por tanto, la Seguridad Social tenía pleno conocimiento de que debía pagar la prestación al trabajador, y así lo reconoce el juez.
Por todo ello, el juez considera que la Seguridad Social "de manera consciente y voluntaria" no revisó la situación. "Esta forma de proceder resulta contraria al interés y defensa que tiene que perseguir la entidad gestora demandada a favor de los beneficiarios del sistema", escribe el magistrado. Además, el auto explica que la entidad privó al demandante de un "derecho incuestionable" por lo que le condena a abonar el sueldo correspondiente a las 16 semanas de baja por maternidad.
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