ZARAGOZA
El cobro de comisiones a los usuarios se ha consolidado como el plan B de la banca española para mantener a flote su negocio tras el gripado de su principal vía de ingresos tradicional, que eran los intereses por prestar dinero: hasta cuarenta de esas fórmulas de recargo tiene detectadas el Portal del Cliente del Banco de España, unos artilugios comerciales cuya variedad ha ido aumentando en paralelo al volumen de ingresos que generaban conforme se alargaba la política de bajos tipos que el BCE (Banco Central Europeo) comenzó a desplegar hace algo más de una década para afrontar una crisis a la que, con la pandemia, se le ha superpuesto otra de mayor intensidad.
Esa política comercial consiste en que los bancos, al no salirles tan rentable como antes de la gran recesión prestar e invertir, optan por compensar el descuadre sacando cada vez más dinero a quien le confía el suyo y a quien se financia con sus préstamos.
Esos recargos, que la ley obliga a vincular a los servicios bancarios que reciben los clientes, aunque los tribunales han declarado inexistentes y abusivos algunos de ellos, como ocurrió con la comisión de apertura de las hipotecas, llevan una década superando por un amplio margen a los beneficios de las entidades financieras. Y eso, por pasiva, indica que estas arrastrarían unos voluminosos números rojos sin esas comisiones, de las que comienzan a no librarse ni las cuentas más saneadas, tal y como denunció este jueves la OCU, que recogía cómo algunas entidades aplican indiscriminadamente un recargo por los depósitos.
Los estados financieros consolidados que publica Aebanca, la patronal del sector financiero, y los resultados que las principales entidades del país difunden al comienzo de cada año muestran el peso de las comisiones en el negocio bancario español: los ingresos netos por ese concepto ascendieron a 181.802 millones de euros, una cifra claramente superior a los 73.261 que viene costando el rescate a la espera de que el Estado salga de Bankia-BMN, en la misma década (2011-2020) en la que sus resultados sumaron unos beneficios de 89.241 que, sin los recargos, habrían supuesto unas pérdidas de 92.561.
¿Cuáles son las comisiones más frecuentes para los consumidores?
Los bancos no cobran a sus clientes por todo, pero sí por muchas de las operaciones y gestiones que se realizan en sus oficinas y, cada vez con mayor frecuencia, a través de internet, que ya es el canal por el que circula más de la mitad del negocio.
Las entidades financieras aplican hasta siete tipos de comisiones sobre los depósitos y las cuentas: las de administración, en función de los apuntes, y de mantenimiento por "el servicio de caja básico" son las más frecuentes, aunque a ellas se les pueden añadir otras por los descubiertos, por sacar dinero en efectivo, por los impagos que se le reclaman, por cancelar depósitos antes de lo previsto y, también y en ocasiones, por enviar los extractos por correo.
Las hipotecas incluyen hasta diez tipos de comisiones, la aplicación de varias de las cuales ha sido declaraba abusiva por los tribunales, entre las que se encuentran una por devolver el préstamo antes de lo acordado (cancelación anticipada), otra por cambiar de titular, una más por pasar de tipo fijo a variable, denominada de "riesgo de tipo de interés" pese a penalizar al consumidor con un porcentaje del capital pendiente de amortizar, y, entre otras, algunas por el mantenimiento de las cuentas vinculadas al crédito, por acordar un cambio de condiciones con la propia entidad o, en su caso, por gestionar avales relacionados con la operación.
Las cinco que gravan los créditos al consumo y los préstamos personales son similares a varias de las anteriores: por liquidarlo antes de lo acordado, por acordar un cambio de condiciones con el mismo banco, por estudiar avales y por aplicarlos y por tramitar reclamaciones externas de deudas.
¿Y para las empresas?
La actividad de autónomos y pymes acumula más de un tercio del total de los recargos con quince de ellos, entre los que, junto a buena parte de las anteriores, destacan los que las entidades financieras aplican, además de al estudio y la emisión de avales, al riesgo que asumen con ellos; las relacionadas con el confirming o el adelanto del valor las facturas pendientes de cobro, que en la práctica suponen una merma de la facturación; por aplazar pagos, por anticipar cobros o por disponer de crédito a la vista.
Además de las comisiones por el estudio previo, la apertura, la modificación y el riesgo de los avales, los bancos españoles aplican otra decena de recargos a las operaciones con cheques y con dinero en efectivo, entre las que se incluyen las que gravan el uso de las tarjetas en los cajeros o los ingresos en metálico en las ventanillas para cuentas corrientes, y otras once específicas a los denominados servicios de pago: por consultar saldos y movimientos en los cajeros, por emitir o renovar tarjetas, por tirar con ellas de crédito, por efectuar transferencias, por dirigirlas al extranjero o, entre otras, por llevar periódicamente moneda fraccionada como ocurre con comercios y bares.
¿Tiene condiciones una comisión?
"Los bancos pueden poner el importe o precio que estimen oportuno, salvo en aquellas operaciones bancarias en las que estén limitados por norma" como en la cancelación anticipada de hipotecas y créditos al consumo, señala el Banco de España, que "no autoriza ni consiente, no puede denegar, ni limitar" su cuantía.
Según el Banco de España, los bancos pueden poner el precio que estimen, salvo en operaciones limitadas por norma
Sin embargo, eso no significa que antes de aplicarlas la entidad no deba cumplir unos requisitos mínimos como que el recargo responda a "servicios efectivamente prestados o gastos habidos", que estos hayan sido solicitados o aceptados formalmente por el cliente que va a pagarlos después de haber recibido esa información "personalmente y por anticipado".
"Tienen que estar relacionadas con un servicio; si no, son abusivas", explican fuentes de Asufín (Asociación de Usuarios Financieros)", que hacen hincapié en que "si el banco va a incorporar un nuevo cargo tiene que informar al cliente con dos meses de antelación, ya que se trata de un cambio en las condiciones del contrato".
Almudena Velázquez, codirectora legal de reclamador.es, destaca que "si al abrir la cuenta corriente no nos comunicaron la existencia de una comisión que luego pretenden cobrarnos, podrá ser reclamada", y que, paralelamente, "no se pueden duplicar por el mismo concepto los pagos al banco". Esto último ocurriría, por ejemplo, si la entidad financiera pretende cobrar al cliente que no cubre una cuota de la hipoteca la comisión por reclamación de posiciones deudoras y los intereses de demora que prevé el crédito. "En estos casos, la comisión es indebida y por lo tanto puede reclamarse", anota.
¿Van a subir las comisiones?
Sí; de hecho, ya han comenzado a hacerlo, coinciden desde Asufín y desde Reclamador.es.
"La comisión por mantenimiento de la cuenta corriente este año ha tenido un renacimiento por parte de las entidades bancarias más importantes y que agrupan el mayor número de clientes", las cuales han abandonado la estrategia de ofrecer ese producto sin ellas y "se han subido al carro de exigir cantidades por el mero hecho de tener la cuenta abierta en el banco", apunta Velázquez, que señala como "único elemento diferenciador" entre ellas "la cantidad que cobran y las condiciones que exigen para no hacerlo".
Almudena Velázquez: "se han subido al carro de exigir cantidades por el mero hecho de tener la cuenta abierta"
A estas se les suman los recargos por operar en la ventanilla, que Asufín considera "un paso más para alejar a los clientes de las oficinas bancarias" en un proceso que se superpone con el de la brecha digital que impide, o cuando menos complica, acceder a la operativa bancaria a los grupos demográficos de mayor edad y de menor renta.
"Los bancos están reaccionando con subidas de comisiones a un euríbor históricamente bajo", situado por debajo del -0,5%, al tiempo que aplican recargos que el Supremo ha considerado abusivos como los de reclamación por descubiertos o los de riesgo de tipos de interés, apuntan las mismas fuentes.
¿Todas las cuentas tienen comisiones?
No. Desde finales de 2017 existen las llamadas "cuentas de pago básicas" que están exentas de ellas , aunque su acceso queda restringido a quien cobre menos de 13.557 euros (dos Iprem) anuales si se trata de personas no integradas en unidades familiares, de 16.947 (2,5) para las de hasta cuatro miembros y de 20.336 (tres) para las numerosas o las que sin serlo incluyan a alguien con una discapacidad superior al 33%, además de que ningún integrante del grupo sea titular de ninguna propiedad aparte de la vivienda habitual ni de participaciones en ninguna sociedad. Se renuevan cada dos años si se mantienen las condiciones.
"Están reservadas para personas con niveles económicos muy escasos y que no tengan otra cuenta abierta", indica Velázquez. "Sigue sin representar una alternativa real para los consumidores más vulnerables", señalan desde Asufín, ya que "su aplicación se ve muy limitada a los que no son titulares de ninguna cuenta corriente".
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