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Actualizado:La banca española y sus clientes se juegan más de 14.000 millones de euros a una carta: la sentencia que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) emitirá este martes sobre el IRPH, el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios que gravaba las hipotecas de, aproximadamente, una de cada cinco millones de familias que se empeñaron para adquirir su vivienda en los años de la burbuja.
Solo los tres principales bancos españoles admiten una exposición de casi 14.000 millones de euros en caso de que el fallo sea desfavorable a sus intereses: Santander admite un eventual quebranto de 4.300, BBVA otro de 3.100 y CaixaBank estima que puede tener que devolver hasta 6.446 como consecuencia, principalmente, de la absorción de cajas de ahorro que aplicaban ese índice a sus hipotecas.
A esas cifras se les añaden más de 3.600 de Bankia (1.600), Sabadell (831), Kutxa (727), Liberbank (209), Unicaja (200) e Ibercaja (50) que sitúan las previsiones del sector, del que en este caso no forma parte Bankinter, en 17.463.
Sin embargo, y aunque otras estimaciones como las de Mirabaud Securities reducen el alcance a unos 9.000 millones, el eventual quebranto para la banca, que por otro lado no dejaría de ser el mismo que han sufrido por anticipado y mes a mes sus clientes, podría ser mayor si tras un eventual fallo favorable del TJUE los tribunales españoles comienzan a declarar la nulidad radical de su aplicación.
"Nosotros planteamos que si la cláusula se declara nula el préstamo se queda sin interés, y en ese caso los bancos deberían devolver todos los intereses cobrados, desde la firma de la hipoteca", plantea Jon Etxaniz, portavoz de Stop IRPH Guipúzcoa, la plataforma que hace seis años inició la batalla judicial contra ese índice hipotecario sobre el que ahora va a pronunciarse el TJUE, y que estima que, en ese caso, la factura superaría los 44.000 millones de euros.
Los números del pleito
Un revés de esa magnitud tendría unas consecuencias imprevisibles para un sector financiero que, tras un costoso rescate que le ha costado 73.000 millones de euros a las arcas públicas, atraviesa un intenso gripado del negocio, en el que solo el cobro de un volumen cada vez mayor de comisiones a sus clientes y usuarios (más de 22.000 millones el año pasado a nivel global) le permite obtener beneficios.
En cualquier caso, la valoración del impacto de un eventual fallo desfavorable sería relativa en un sector en el que solo el beneficio neto de los 'seis grandes' del Íbex35 (Santander, BBVA, CaixaBank, Bankia, Bankínter y Sabadell) no baja de los 6.000 millones anuales en España (6.581 en 2019 y 6.082 en 2018) mientras el de los dos primeros en el resto del mundo añadía a esa cifra otros 7.056 el año pasado y 9.874 y el anterior.
Las consecuencias económicas de un fallo desfavorable, que no dejarían de ser directamente proporcionales a la magnitud del engaño que declararía probado una decisión judicial en ese sentido, serían netamente superiores a las de las cláusulas suelo, para los que las entidades financieras consignaron inicialmente 3.170 millones en unas previsiones que, pese a la ayuda del 'decreto Guindos', ya se han visto superadas.
"A todo el mundo le bajaba la cuota y a nosotros nos subía"
"Llevamos seis años desde la primera vista en los juzgados de Donosti. Pusimos la primera demanda en noviembre de 2013 y el juicio fue en febrero de 2014, y ganamos", explica. "Animados por eso, presentamos otras 40 demandas y las ganamos todas, pero Kutxa las recurrió y la Audiencia de Guipúzcoa las tumbó todas. Fuimos al Supremo, pero desestimó los recursos porque no había sentencias de otras audiencias que contraponer", añade.
Antes, la plataforma había nacido en colectivos como la PAH (Plataforma de Afectados por la Hipoteca) y Stop Desahucios. "Vieron que había mucha gente con un índice raro -recuerda-. La gente se empezó a mosquear porque a todo el mundo comenzaba a bajarle la cuota y a nosotros se nos mantenía o nos subía". Eran los afectados por el IRPH.
El caso que ha llegado al TJUE procede del Juzgado de Primera Instancia número 38 de Barcelona, cuyo magistrado admitió la petición que los abogados de la plataforma, José María Erauskin y Maite Ortiz, para formular una cuestión prejudicial ante ese órgano comunitario. "Ahora todo el mundo lo ve claro y hay un montón de abogados expertos en IRPH, pero los que lo han llevado adelante son ellos, nuestros letrados", añade.
¿De dónde sale el IRPH?
¿En qué consiste el IRPH? Este índice, hoy prácticamente fuera de uso, lo establece el Banco de España y vendría a ser un promedio del TAE (Tasa Anual Equivalente) de las hipotecas de más de tres años concedidas para comprar vivienda libre durante el mes en cuestión por los bancos y, en su tiempo, por las cajas de ahorro.
Según los consumidores, se calcula con un método poco transparente que lo convierte en ilegal, además de resultar claramente superior al Euríbor, que es el más habitual en los préstamos hipotecarios.
La diferencia, de hecho, superaba los dos puntos en enero, ya que el IRPH alcanzaba el 1,825% mientras el Euríbor se encontraba, según el periodo de referencia, entre el -0,249% anual y el -0,438% mensual.
Lo que debe resolver el TJUE
El TJUE debe responder cuatro cuestiones planteadas por el juez barcelonés: ¿es el IRPH un sistema comprensible para el cliente medio de un banco? ¿se trata de una cláusula de consumo y, por lo tanto, es susceptible de revisión por los tribunales y con qué criterios? ¿actuó de manera correcta el Supremo al avalar su legalidad? y, por último, en caso de ser anulado ¿la hipoteca queda sin intereses o pasa a tener como referencia el Euríbor?
Los planteamientos de la plataforma, que abogan por considerar el IRPH una cláusula revisable y por eximir el crédito de intereses si los tribunales declaran abusiva su aplicación, cuentan con dos apoyos de calado: la Comisión Europea y el Abogado General, que viene a ser el equivalente del fiscal y cuyo pronunciamiento provocó una caída momentánea de la bolsa española, que cerró la jornada con la banca al alza.
Ambos respaldan la posición de la demanda, la primera con el añadido de considerar necesario que el banco facilite a cada cliente con el que esté negociando un préstamo hipotecario una simulación de cómo evolucionarían las cuotas en función de qué índice se le aplica.
Por el contrario, tanto la Abogacía del Estado española como la del Reino Unido, que fue el país 'invitado' al pleito antes del Brexit, defienden que se trata de un índice transparente cuya aplicación no tiene contraindicaciones.
"La sentencia no va a suponer la nulidad de todas las hipotecas con IRPH, pero puede abrir la puerta para que muchos de los afectados demanden a los bancos, aunque estos intentarán negociar uno a uno", apunta Etxaniz. "Los bancos se aprovechan de todo lo que pueden, y el Gobierno y los jueces les ayudan", añade.
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