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Los negocios del rey emérito Anticorrupción exime a Juan Carlos I de las acusaciones reveladas por su amiga Corinna y recuerda que en esa época era inviolable

Sin embargo, sí aprecia que puede haber delito de corrupción en el supuesto cobro de comisiones en la contratación del AVE a La Meca, por lo que pide al juez que deduzca testimonio a la amiga del rey emérito

Juan Carlos I y Felipe VI. REUTERS

Público | efe

La Fiscalía Anticorrupción no ve delito en los hechos revelados por la amiga de Juan Carlos I Corinna zu Sayn-Wittgenstein en las conversaciones grabadas por el excomisario José Villarejo porque considera que lo que cuenta la alemana no es suficiente para mantener una investigación. Sí aprecia, en cambio, que puede haber delito de corrupción en el supuesto cobro de comisiones en la contratación del AVE a La Meca, aunque advierte de que incluso en este caso la figura del rey emérito era entonces inviolable.

En una nota, la Fiscalía informa de que ha pedido al juez del caso Tándem el archivo de la pieza llamada Carol sobre esas grabaciones. También informa de que los posibles delitos en el cobro de las comisiones pagadas en la contratación del AVE deben investigarse en una causa aparte al no guardar relación con la investigación a Villarejo.

La Fiscalía solicita al juez instructor que deduzca testimonio a Corinna para iniciar unas diligencias de investigación sobre el posible pago de comisiones ilegales al monarca por el AVE a La Meca.

En la conversaciones con Villarejo, Corinna habla de un terreno en Marruecos a su nombre que la mujer atribuye al rey, de cuentas en Suiza que habría tenido el monarca y del contrato del AVE en Arabia Saudí, que fue adjudicado en octubre de 2011.

Sobre el terreno y las cuentas, la Fiscalía cree que no hay suficientes indicios para abrir una investigación penal y que en todo caso lo podría investigar la Agencia Tributaria. Ve "más concretas" las referencias de Corinna a comisiones ilegales que se pudieron pagar en la obra ferroviaria.

Sin embargo, cree que los indicios de la "eventual intervención" del rey emérito en estos hechos posiblemente delictivos son "extraordinariamente débiles, pues consisten en la mera referencia que hace una persona [Corinna], que no aparece directa ni indirectamente implicada en los pagos, y que tampoco manifiesta la razón de su conocimiento".

Sobre el terreno en Marrakech, Corinna dice en la conversación que se puso a su nombre y le pidieron transmitirlo a un familiar del rey emérito, lo cual, a juicio de la mujer, era "blanqueo", pero para los fiscales "no existe ningún elemento que permita colegir que tal terreno proceda de una actividad ilícita". La Fiscalía añade que esta cuestión "no resulta susceptible de investigación en sede penal", aunque admite que los hechos podrían ser constitutivos de infracción fiscal. Argumenta para ello las propias palabras de Corinna en la conversación, cuando dice: "Me las han puesto (...) no porque me quiere mucho. Es porque soy residente en Mónaco, entonces no tengo el problema de declarar".

En cuanto a las cuentas, Corinna relata a Villarejo que un pariente del rey emérito que residía en Mónaco figuraba como titular de algunas cuentas en Suiza de Juan Carlos I y que además le pagaba determinados gastos.

Según la Fiscalía, en la conversación el excomisario añade que "algunas de las cuentas que tiene el Rey (emérito) es con nombre falso, que le habría proporcionado el director del CNI".

Estos datos, dicen los fiscales, aluden "a una posible cuestión fiscal que no es susceptible de mayores indagaciones", y además no se aportan datos específicos de las cuentas para poder dirigirse a las autoridades suizas y pedirles información.

Haría falta una querella de la propia fiscalía

La Fiscalía señala que para abrir una eventual investigación haría falta una querella de la propia Fiscalía en la que se fundamentasen los "indicios de criminalidad" y se valorase la competencia española para juzgar unos hechos cometidos fuera del país, que se encuadraría en el ámbito de la justicia universal.

Por ello, pide al juez de la Audiencia Nacional que remita a Anticorrupción toda la documentación relativa a esta pieza, con el objeto de valorar si procede presentar una querella por delitos de corrupción en las transacciones internacionales y cohecho.


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