MADRID
Actualizado:La expectación mediática a las puertas del Juzgado de primera instancia número 41 de Madrid se traslada a un clima de cierta tensión dentro de la sala. El primer juicio contra el expolio de patrimonio de la familia Franco se ha celebrado esta mañana. El Ayuntamiento de Santiago de Compostela ha sentado en el banquillo a los Franco en la disputa por la titularidad de las estatuas del Pórtico de la Gloria que los descendientes del dictador mantienen en su propiedad.
Asisten los respectivos equipos jurídicos, el alcalde de la ciudad, Martiño Noriega (Compostela Aberta), los peritos del Ayuntamiento, y numerosa prensa.
La demanda del Ayuntamiento de Santiago de Compostela sostiene que el 25 de julio del año Santo 1954, con ocasión de la visita a la ciudad del entonces Jefe del Estado, Francisco Franco, y su esposa, Carmen Polo, estos se mostraron interesados en que les enviasen para decorar su Pazo de veraneo, en Meirás, aquellas estatuas románicas que presidían las escaleras del Pazo de Raxoi y cuya procedencia era conocida.
El catedrático de Historia del Arte Ramón Yzquierdo Perrín, en calidad de perito de la acusación, ratifica el informe pericial y certifica que las estatuas son las mismas que el Ayuntamiento compró “en virtud de contrato otorgado por el alcalde Don Joaquín Sarmiento Garra y Don Santiago Puga Sarmiento, conde de Ximonde, que se formalizó en escritura pública el cuatro de junio de 1948 ante el notario Rey Feijoo”.
Entre noviembre de 1947 y febrero de 1948 las estatuas pertenecen ya al Ayuntamiento de Santiago, según la documentación aportada en la demanda. Es el escultor Francisco Asorey (1889-1961) quien entonces lo confirma.
Una de las cuestiones candentes del juicio versa sobre la autenticidad de las piezas. Yzquierdo Perrín, reputado experto internacional en arte románico, afirma: “No hay ninguna capacidad de confusión”. La defensa de los Franco insiste en la duda. ¿Son Abraam e Isaac, como sostienen algunos expertos, o Jeremías y Ezequiel, como valoran otros? A lo que el catedrático de historia responde con contundencia: “Una cosa es la identificación del personaje y otra la de la procedencia de la pieza. Si es Abraam o Ezequiel es una cuestión de los historiadores que mantienen uno u otro nombre, pero no afecta en absoluto a la procedencia y autoría de la pieza. Es absolutamente irrelevante y no hay ningún estudioso que dude de esto. Estas dos estatuas por las que estamos hoy aquí pertenecieron al Pórtico de la Gloria de la Catedral de Santiago de Compostela y su identidad es incuestionable”.
El catedrático Yzquierdo Perrín realiza un recorrido histórico. Las piezas son extraídas durante una de las modificaciones más relevantes que experimentó a lo largo de su historia la Catedral de Santiago de Compostela, en el año 1519, para cerrar el acceso a través de los arcos de la fachada de la Praza do Obradoiro. Permanecen desaparecidas hasta que en 1933 el historiador Fermín Bouza Brey las localiza en el pazo del conde de Ximonde, en Vedra, a veinte quilómetros de Santiago.
Durante la venta, el Conde de Ximonte recibe la partida económica por parte del Ayuntamiento de Santiago en el banco Hispano de Madrid, ciudad en donde residía habitualmente, en la calle Ferraz. Y así figura en la documentación aportada por los demandantes.
Yzquierdo Perrín explica la importancia histórico artística de la escuela del Maestro Mateo: “Es posiblemente el mejor artista europeo de su momento. Su intervención en la catedral de Santiago fue muy prolongada. El rey Fernando II le concede una pensión vitalicia, algo inusitado que da muestra de la valía y relevancia. Es equivalente su valía a la de los más grandes escultores, a la del propio Miguel Ángel, que también es arquitecto, aunque cada uno en su momento”.
La defensa de la familia asegura que recibieron las estatuas de Francisco Franco y Carmen Polo, y que éstos las adquirieron en un anticuario
“La parte demandada nunca negó con rotundidad ninguna de estas cuestiones”, asegura el letrado de la acusación. “Frente a la documentación aportada y al título de dominio del Ayuntamiento de Santiago, lo que nos ofrece la familia Franco es la tradición familiar. Alega la contestación a la demanda (cita textualmente) que “según la tradición familiar, las estatuas las adquirieron nuestros abuelos de un particular a través de un anticuario”, y no aportan documentación”, asegura el letrado.
El letrado de los Franco mantiene esta versión: “Se pretende que un particular conserve la factura. Mis representados han sido dueños de las estatuas pacíficamente durante este tiempo”. Alega que el Ayuntamiento no ha aportado fotografías de las estatuas en las escaleras del Pazo de Raxoi en los años 50. Pone en duda el supuesto que se consideren bienes de dominio público. Y alude a la desafectación tácita para justificar la posesión de un particular.
“La imprescriptibilidad está implícita en la inalienabilidad, como dicta la doctrina (…)”, responde el equipo jurídico del Ayuntamiento de Santiago. “No es un acto administrativo, es un acto ilegítimo, un acto oculto, fraudulento, clandestino que podría ser un delito de malversación. No puede servir de presupuesto legitimador. No es admisible que el expolio del bien por parte de un particular sea legitimado. (…) Pero ni siquiera estamos ante un ciudadano normal, sino ante el jefe del Estado”.
La defensa de la familia Franco mantiene “el derecho incuestionable de que la familia ha sido propietaria”. Sostiene que esta historia se relata y se escribe por primera vez ante la sorpresa de la demandada. Sin embargo, desde los años 80 del siglo pasado hay constancia manifiesta en la ciudad. Entre otras actuaciones, el gobierno tripartito de la Xunta de Galicia (1987-1990) abrie en su día un expediente. Y en el año 2000 el Bloque Nacionalista Galego (BNG), a través de la diputada Pilar García Negro, presenta una pregunta en el Parlamento autonómico reclamando información al respecto.
El letrado representante del Ayuntamiento de Santiago de Compostela concluye: “Queremos que Abraham e Isaac o Jeremías y Ezequiel vuelvan para siempre a la Plaza del Obradoiro, lugar del que nunca debieron salir. Con ello pretendemos, por un lado, en la medida de lo posible, restituir lo que es suyo al Patrimonio Histórico nacional; y, por otra, reparar una injusticia que la historia inflingió a nuestra ciudad”.
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