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IU y el PCE denuncian ante el TC la falta de voluntad del Supremo de investigar al rey emérito para "no molestarle"

En un extenso recurso de amparo por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva piden la nulidad del archivo de la querella contra Juan Carlos de Borbón y otras ocho personas más por blanqueo, cohecho y otros delitos relacionados con los presuntos negocios opacos del exjefe del Estado.  

El Rey emérito tiene casi 10 millones de euros en una cuenta activa en la isla de Jersey
El Rey emérito (Fuente: Europa Press / Casa Real).

El recurso de amparo de Izquierda Unida (IU), Partido Comunista de España (PCE) y Foro de Abogados y Abogadas de Izquierdas ha llegado al Tribunal Constitucional con el ánimo de poner frente al órgano constitucional las numerosas "anomalías" que ha sufrido la querella presentada el 5 de diciembre de 2018 y ampliada en diciembre de 2020 contra Juan Carlos de Borbón, Corinna Larsen, el exdirector del CNI Félix Sanz Roldán, y otras seis personas por trece delitos, entre ellos, cohecho, organización criminal y blanqueo de capitales, hasta que fue archivada, el pasado 15 de febrero.

Piden amparo las tres organizaciones de izquierdas por la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva que, en su opinión, constituye el archivo de la querella sin haberse iniciado la más mínima investigación al respecto; una vulneración que se refiere al derecho a ejercer la acusación popular y que se amplía "por ende, al derecho del pueblo soberano a obtener de la administración de Justicia una investigación eficaz y efectiva sobre las responsabilidades penales del anterior jefe de Estado y resto de personas querelladas", consta en el recurso, al que ha tenido acceso Público.

También solicitan IU, PCE y Foro de Abogados y Abogadas de Izquierda amparo al Constitucional por otro motivo: el auto de 12 de marzo de 2021 que acordó inadmitir a trámite el incidente de recusación planteado por los querellantes contra los magistrados Manuel Marchena, Juan Ramón Berdugo, Ana María Ferrer, Antonio del Moral y Andrés Palomo, los componentes de la Sala que dictó el archivo; y que lo hizo con una "evidente animadversión y hostilidad manifestada y demostrada por escrito al calificar y tildar a las partes querellantes de profesionales de la acción popular, que la degradamos, y de que estamos intentando convertir noticias en delitos", consta en el recurso. Fueron los propios magistrados recusados los que decidieron sobre la inadmisión de su recusación por pérdida de apariencia de imparcialidad, algo que el recurso destaca como anormal y como fuente de  indefensión.

Los querellantes informan al TC de que el archivo de su querella, sin ni siquiera haber instruido una mínima investigación, no estuvo suficientemente motivado, "despreciando el material probatorio ofrecido, so capa de un pretendido carácter prospectivo de la acción interpuesta, que lejos de constituir el simple reflejo de noticias de prensa carentes de veracidad, se apoyan en investigaciones judiciales, extranjeras, desde luego, pero no por ello carentes de rigor, y de la propia Fiscalía, habiéndose dado noticia en el presente escrito de al menos tres de ellas". Sin embargo, para los querellantes, el Tribunal Supremo "con su actitud renuente a iniciar cualquier acción que pueda "molestar" al rey emérito" no ha querido tomar en consideración las pruebas ofrecidas en la querella.

Varapalo a la acción de la acusación popular

La Sala de lo Penal inadmitió la querella de IU, el PCE y el Foro de Abogados y Abogadas de Izquierdas, así como la de la entidad Òmnium Cultural, acumulada a la anterior, por no justificarse la apertura de una investigación judicial  "de unos hechos meramente sospechosos, por si los mismos pudiesen ser constitutivos de delito, es decir, una investigación prospectiva, sin aportar un indicio objetivo de su realidad de conocimiento propio del querellante. De lo contrario, cualquier ciudadano podría verse sometido a una investigación basada en la mera apariencia", constaba en el auto del Supremo. 

El duro auto de archivo proseguía de la siguiente manera: "Con carácter general, una noticia por sí sola, no legitima a ningún accionante popular para convertir el relato periodístico en un relato de hechos punibles desencadenantes del proceso penal (...) Los juicios de valor de quien pretende ejercer la acción popular no convierten la noticia en delito". El relato de hechos se ampara esencialmente en el contenido de distintos artículos, incidía el auto. 

Sin embargo, en su querella, como ahora hacen en su recurso de amparo, las formaciones de izquierda no ofrecían un mero relato periodístico de los presuntos negocios opacos del rey emérito, sino más bien, indicios fácilmente comprobables por la Justicia de presuntos ilícitos con grave reflejo en las arcas públicas. Algunos de esos indicios, como las grabaciones destapadas entre Corinna Larsen, el comisario Villarejo y Juan Villalonga, expresidente de Telefónica, dieron lugar a la investigación de la Fiscalía de Suiza, que sigue abierta, mientras que en España el asunto está archivado. 

Otros indicios aportados en la querella y despreciados por el Supremo han dado lugar a la apertura de tres investigaciones por parte de la Fiscalía del Supremo por presuntos delitos cometidos por el rey emérito, como la presunta comisión de cien millones de dólares por la mediación del concurso del AVE a la Meca; el uso de tarjetas opacas nutridas con fondos de un empresario mexicano y una cuenta en el paraíso fiscal de Jersey, que jamás fue declarada a la Hacienda española. Esas investigaciones debería haberlas abierto el Tribunal Supremo y no la Fiscalía, según una circular de la Fiscalía General del Estado, aludida en el recurso de amparo de IU, que establece que ante hechos que pudieran tener relevancia penal, serán los jueces y no los fiscales los que inicien la investigación.

Falta de motivación para archivar

Según la doctrina del Tribunal Constitucional invocada en este recurso de amparo, "la efectividad del derecho a la tutela judicial dependerá no solo de que la decisión de sobreseimiento esté motivada y jurídicamente fundada, sino
también de que la investigación de lo denunciado haya sido suficiente y
efectiva,
ya que la tutela que se solicita consiste inicialmente en que se
indague sobre lo acaecido".

Izquierda Unida y el resto de querellantes hacen constar en su recurso que lo que pretenden es "impulsar una investigación penal ante la que a todas luces es una actitud renuente de los tribunales y autoridades españolas, que viene a constituir un intento de levantar el velo de impunidad del que ahora, y desde hace muchos años, el rey emérito querellado viene gozando, no sin verse auxiliado por prensa e instituciones tanto públicas como privadas, desde la privilegiada posición que le otorgaba y le otorga su alto cargo, generador de un elevado poder irradiador de disuasión sobre las investigaciones de índole penal que sobre su persona pudieran desarrollarse".

Y se preguntan por qué el hecho de que la Fiscalía suiza investigue una
transferencia de 65 millones de euros al emérito carece de importancia; por
qué esa transferencia no puede tener incidencia en la comisión de delitos de
blanqueo de capitales o delitos contra la Hacienda pública; por qué carece de
relevancia que el hijo de Juan Carlos de Borbón renuncie públicamente y ante los medios de comunicación a los derechos patrimoniales de una fundación con apariencia muy evidente de ocultar importantes fondos al fisco. 

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