madrid
Actualizado:El Tribunal Supremo, que admitió a trámite el recurso del coronel Diego Pérez de los Cobos contra la sentencia que avaló su salida de la jefatura de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid, ha explicado que esta decisión busca fijar cómo debe motivarse un cese como el suyo y establecer cuál es la "motivación exigible" en estos casos de puestos de libre designación.
Esta ha sido la respuesta que han realizado los magistrados al escrito que presentó Pérez de los Cobos contra la resolución de la Audiencia Nacional. Esta resolución declaró conforme a derecho su cese en el momento en que sus subordinados investigaban bajo la dirección de una juez la posible relación de la manifestación del 8M de 2020 con el inicio de contagios de la covid-19.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha señalado que el coronel ha explicado "de forma suficiente" la concurrencia de los supuestos escenarios de interés casacional y que el recurso cumple con los requerimientos formales para su admisión.
El recurso puede servir para formar jurisprudencia
Los jueces han subrayado que el escrito de Pérez de los Cobos goza de tal interés y que puede servir para formar jurisprudencia en este tipo de casos. En este sentido, han asegurado que analizarán la cuestión para "determinar cuál es el contenido del deber de motivación exigible en las resoluciones administrativas que acuerdan el cese de funcionarios públicos en puestos de libre designación".
También fijarán si, a tal efecto, resulta extensible la doctrina jurisprudencial establecida en cuanto respecta al deber de motivación de los acuerdos de cese en puestos de libre designación, también aplicable en el ámbito de la Guardia Civil, según recoge la agencia Europa Press.
La Audiencia Nacional vio justificado el cese
La sentencia de la Audiencia Nacional vio justificado el argumento esgrimido por el ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, que aludió a la pérdida de confianza para acometer la salida del coronel.
"En el presente caso no se discute la idoneidad del cesado, es decir, su capacidad profesional para ostentar dicho cargo, sino la pérdida de confianza, en la que las razones subjetivas de la autoridad que lo designó están amparadas por la decisión libre de cesarle", indicó la sentencia que ahora revisará el Supremo.
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