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POLÍTICA PENITENCIARIA Treinta presos de ETA están en “unidades especiales” o “módulos de aislamiento”

Una manifestación pedirá este viernes en Bilbao el fin de la política de excepción contra los reclusos. A día de hoy existen 211 internos en 43 prisiones españolas y 39 en nueve cárceles francesas.

Imagen de archivo de una concentración realizada por la red  ciudadana Sare. EFE/Javier Etxezarreta

En euskera, “nudo” se dice “korapilo”. El último cartel de Sare, la red vasca que aboga por cambios en la política penitenciaria del Gobierno, tiene precisamente esos nudos o “korapiloak” como imagen central. Su portavoz, Inaxio Oiarzabal, cree que es momento de desatarlos “por completo”. Así lo reivindicarán este viernes en las calles de Bilbao, donde tendrá lugar una manifestación para pedir el fin de la “política de excepción” contra los presos condenados por su vinculación con ETA.

No se trata de un día cualquiera en la capital vizcaína: este viernes es el día grande de sus fiestas. Los comercios cierran y las txosnas, lugar central de la Aste Nagusia (Semana Grande), viven uno de los momentos más álgidos de la semana. En ese contexto, Sare ha llamado a movilizarse a partir de las 12.30 desde la Plaza Elíptica.

“Aquí se han dado pasos importantes hacia la paz, y la política penitenciaria se tiene que asemejar a esos pasos”, afirma Oiarzabal a Público en las horas previas a la manifestación. “Para poder avanzar hacia la paz y la construcción de una sociedad basada en el respeto –continúa-, el tema de los presos se debe solucionar de la mejor manera posible, de forma que no queden heridas abiertas. Y para ello, la sociedad debe trabajar en conjunto”.

Según consta en un dossier elaborado por la Comisión de Presos de Sortu, a día de hoy existen 250 reclusos. 211 de ellos están repartidos en 43 prisiones españolas y 39 se encuentran en nueve cárceles francesas. En España, el colectivo está compuesto por 26 mujeres y 185 hombres. En Francia son 8 mujeres y 31 hombres.

Durante el último año, el Gobierno de Pedro Sánchez facilitó algunos acercamientos –en febrero pasado se manejaba que habían sido 26– a cárceles próximas al País Vasco. “Solo hemos visto tímidos pasos. Han sido unos pocos acercamientos y no precisamente a cárceles vascas, sino a 350 kilómetros de aquí. Eso no supone el fin del alejamiento”, afirmó Oiarzabal, quien destacó que “hay cárceles del País Vasco con capacidad” para alojar a estos reclusos.

"El 35% se encuentra en cárceles andaluzas a 820-1.100 kilómetros"

En el dossier al que ha tenido acceso Público se destaca además que “solo el 10% de los y las encarceladas en España están a menos de 250 kilómetros” del País Vasco. Otro 16% “está a 250-520 kilómetros en cárceles por encima de Madrid”, mientras que un 39% de los presos “siguen alejados a más de 520-820 kilómetros (Galicia, Valencia, Extremadura, La Mancha, Murcia) y, finalmente, otro 35% (72) pena en cárceles andaluzas a 820-1.100 kilómetros”.

En cuanto a las “condiciones de encarcelamiento”, el informe señala que “solo el 20% de los presos vascos están clasificados en régimen ordinario”, subrayando que “el resto está en régimen cerrado”. En tal sentido, el dossier destaca que “treinta presos están en ‘unidades especiales’ o ‘módulos de aislamiento’ (Córdoba, Sevilla II, Huelva, Estremera…)”, mientras que otros treinta están en “módulos de ‘régimen cerrado’ (Puerto, Mansilla, Curtis…), encerradas y encerrados durante 20 horas al día”.

“Hay cárceles en las que no tienen módulos de régimen cerrado, por lo que utilizan los módulos de aislamiento para tener a presos que están en primer grado. La administración les tiene allí durante años sin tener ninguna base legal para ello”, afirmaron a Público desde la Comisión de Presos de Sortu.

Por su parte, fuentes de Instituciones Penitenciarias indicaron que no disponían de datos concretos sobre el número de presos de ETA en situación de aislamiento. En cualquier caso, señalaron que “el régimen cerrado es una forma de cumplimiento de la pena, destinada a primeros grados que no tienen que ver solamente con terrorismo, así como para personas inadaptadas que crean conflicto en prisión”, mientras que el aislamiento “es una medida de sanción temporal que viene regulada en el reglamento penitenciario”.

Según la información disponible en la página web de Instituciones Penitenciarias, los módulos de aislamiento están destinados “a los internos clasificados en Primer Grado, y a los sancionados con días de aislamiento por haber cometido alguna falta grave, es decir, por sanción disciplinaria”. “El régimen de vida en estos módulos es el llamado Régimen Cerrado. En todos los Centros Tipo suele haber un módulo de aislamiento”, señala.

“Nuevo recorrido”

Precisamente, la mayor parte de los presos condenados por delitos relacionados con ETA están en primer grado. En junio pasado, la asociación Etxerat, que agrupa a los familiares de los reclusos, informó que 142 de los 213 presos que se encontraban en las cárceles españolas “han dado comienzo al nuevo recorrido jurídico”, lo que implica aceptar la legalidad penitenciaria de manera individual e iniciar así el camino para tratar de conseguir la progresión de grado.

Las cifras indican que será un camino lento. Según el Observatorio de Situación Penitenciaria de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), a día de hoy 164 presos de ETA en primer grado, 59 en segundo grado y dos en tercer grado.

“Peligrosidad extrema”

En ese contexto, Instituciones Penitenciarias explica que el denominado régimen cerrado “se aplica a los penados clasificados en Primer Grado por su peligrosidad extrema o manifiesta inadaptación a los regímenes ordinario y abierto, y a los preventivos en quienes concurran idénticas circunstancias”. “La excepcionalidad del régimen cerrado en el sistema penitenciario español se materializa en un procedimiento de aplicación muy garantista, que incluye la revisión judicial de cada decisión administrativa firme que se toma con respecto de su aplicación”, sostiene.

La permanencia del recluso en régimen cerrado “será por el tiempo mínimo necesario, hasta que desaparezcan o disminuyan significativamente las razones o circunstancias que sirvieron de fundamento para su aplicación”. “Cada tres meses como máximo se revisará tanto la clasificación como la asignación de modalidad de vida del interno o interna”, describe Instituciones Penitenciarias.

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