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Actualizado:El Tribunal Supremo ratifica que el desalojo del centro social autogestionado La Ingobernable de Madrid fue ilegal. El Gobierno de José Luis Martínez Almeida ejecutó el desahucio a finales de 2019 y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ya consideró el pasado mes de junio que el desalojo no se ajustó a derecho porque se basaba en una resolución municipal de 2017, cuando el Ayuntamiento de Madrid no tenía derechos posesorios sobre el inmueble, ya que éste estaba cedido a un tercero, la Fundación Ambasz.
Ahora el Supremo, en una providencia a la que ha tenido acceso Público, rechaza los recursos de casación planteados por el Ayuntamiento de Madrid contra la sentencia del TSJM que determinó que el Consistorio no tenía "legitimidad" para iniciar el proceso de desalojo ni ejecutarlo.
"La resolución del Tribunal Supremo, al inadmitir a trámite el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Madrid contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia que estimó el recurso del Centro Social, confirma sin género de dudas que el desalojo del Centro Social La Ingobernable fue contrario a derecho. Por lo tanto, el desalojo nunca se debió ejecutar", valora Naomi Abad, abogada de La Ingobernable.
La resolución del Alto Tribunal establece que el Consistorio deberá pagar las costas, hasta un máximo de 1.000 euros más IVA, pero no se posiciona sobre qué pasará con el edificio, que finalmente no acogió el museo judío, como dijo Almeida que ocurriría.
El desalojo, iniciado por Carmena y ejecutado por Almeida
Los ocupantes de La Ingobernable siempre negaron la legitimidad del expediente administrativo abierto por la exalcaldesa Manuela Carmena en noviembre de 2017, en el que se basó el posterior proceso que culminó con el desalojo ordenado por el actual alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida.
El TSJM dice que la ejecución no produjo un daño irreparable pese a todo el trabajo con el que se acabó
El proceso de desahucio estuvo recurrido por los ocupantes desde el inicio del proceso. Sin embargo, pese a esto, en octubre de 2019 un tribunal contencioso administrativo permitió al Gobierno municipal recuperar el inmueble. En este punto, el TSJM dio la razón al Ayuntamiento de Madrid en su potestad para ejecutar la sentencia parcial que le permitía llevar a cabo el desalojo, asegurando que su ejecución no producía un daño irreparable ya que los ocupantes podrían volver al inmueble o ser compensados por el perjuicio. El Supremo no dice nada sobre este asunto.
Pero, para el equipo de La Ingobernable, esta sentencia es la "constatación" de que sí se produjeron daños irreparables por el desalojo. "En el momento que se desalojo ocurrían en el interior del edificio doscientas actividades mensuales y habían pasado por él 130.000 personas en dos años de vida. Dos años y medio después sigue vacío", recuerdan.
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