Madrid
Actualizado:Tras cinco horas en las que han declarado Juana Rivas, su expareja Francesco Arcuri (desde Italia por videoconferencia), cinco testigos y tres peritos, el juicio que Juana Rivas este miércoles en Granada ha quedado visto para sentencia. Se enfrenta a dos condenas de dos años y medio por sustracción de menores y a seis años de inhabilitación de la patria potestad. A estas demandas, la fiscalía sumó en este juicio la de desobediencia, aunque no supone un incremento de las penas.
El inicio del juicio, que se abrió con la declaración de Juana Rivas, ha sido algo bronco, según testigos presenciales, o algo "antipático", tal como lo ha definido José Estanislao López, abogado de Juana Rivas en este proceso, pero "se ha ido suavizando según avanzaba la vista", comenta. En algún momento del inicio el juez Manuel Piñar cortó en seco al abogado de Rivas, recordándole que no se trataba de un juicio por malos tratos, cuando éste intentó explicar que el origen de todo estaba en las dos denuncias que Rivas realizó por violencia de género. Una primera en 2009 que acabó con una condena a Arcuri de tres meses de prisión, un año de alejamiento y 28 sesiones de readaptación psicológica, que Arcuri núnca cumplió. La segunda la interpuso Rivas poco después de haber llegado a España con sus hijos en 2016, pero que dos años después, aún no ha sido investigada ni España ni en Italia.
Pero tal como afirmó a Público López tras concluir el juicio, "hay ciertos motivos para el optimismo".
Entre ellos, López menciona el hecho de que el tribunal admitiera este miércoles todas y cada una de las pruebas que presentadas por la defensa. Entre ellas diez escritos, entre los que figuran unas cartas enviadas por Arcuri a Rivas durante el período en el que estuvieron separados (entre 2009 y 2013), en las que éste confiesa que está mal y que necesita ayuda.
También afirma que el juez admitió como prueba un vídeo, que se visionó durante la vista, en el que una de las abogadas que asistieron a Rivas admite, en una entrevista en La Sexta, que entregar a los niños podría poner en riesgo el recurso de amparo que se acababa de presentar ante el Tribunal Constitucional. Esta es una de las defensas utilizadas por López: demostrar que Rivas siempre ha hecho aquello que sus abogados le han recomendado.
Otro de los escritos admitidos por el tribunal es un documento elaborado por el Defensor del Pueblo andaluz, en que que afirma que el hecho de que la denuncia que Rivas puso contra Arucuri por malos tratos en julio de 2016 nunca se haya tenido en cuenta, "no sólo tuvo una repercusión negativa en el proceso en cuestión por violencia de género, sino que afectó también al devenir del procedimiento por sustracción internacional de menores iniciado en Italia por parte del padre reclamando la custodia de los hijos menores de edad".
Según fuentes de la defensa, durante el juicio Arcuri afirmó no haber pegado nunca a Rivas. Sin embargo, López afirma haber presentado ante el tribunal otra de las piezas que desmienten esta afirmación. Se trata de la declaración de Arcuri ante el juzgado en 2009. En ella, la expareja de Rivas relata cómo había golpeado a Rivas con la mano abierta en dos ocasiones, y viéndola en el suelo la cogió por las muñecas o los tobillos y la arrastró habitación por habitación por toda la casa. Este episodio fue el que motivó la denuncia de Rivas ese año y por el que Arcuri fue finalmente condenado.
Durante la vista la fiscalía se ratificó en la petición de condena; cinco años de prisión en total por dos delitos de sustracción de menores y otros seis de inahabilitación del ejercicio de la patria potestad, y añadió ahora la desobediencia.
Según testigos presentes en el juicio, la fiscal desconoció y protestó ante las declaraciones de Rivas y de sus abogados cuando afirmaban que tanto la huida de Italia, como la posterior escapada de Rivas con sus hijos en el verano de 2017 para no entregarlos a su padre, estuvieron motivadas por los antecedentes de malos tratos que ésta había sufrido de parte de su expareja.
La fiscal llegó a preguntar a Rivas durante la vista que si Arcuri la maltrataba, cómo era posible que volviera con él, lo que López califica como una ignorancia por parte de la fiscalía de cómo funciona la violencia de género. "La fiscal no quería saber nada que tuviera que ver con la violencia que sufrió Rivas", comenta López.
Durante el juicio Juana Rivas ha respondido a todas las preguntas que se le formularon, excepto a las del abogado de la acusación, puesto que se acogió a su derecho de no declarar.
En todo momento mantuvo que hizo lo que hizo con el ánimo de proteger a sus hijos y que sabía que mientras estaba en paradero desconocido existían requerimientos para que entregara a sus hijos, pero pensó que no se los llevarían, que "sería imposible porque él nos maltrataba".
"Me dijeron que podía tener represalias, pero no imaginé que fueran de cárcel y de guarda custodia", ha relatado durante la vista oral, en la que ha indicado que sus abogados siempre le dijeron que mientras hubiera un recurso pendiente de resolver ella podría seguir con los niños.
Archivada la denuncia contra otro de sus abogados
El juicio que este miércoles se celebró en Granada debería haber tenido lugar el pasado 14 de junio. Sin embargo, debido a la baja médica de José Estanislao López, abogado designado por Rivas para representarla en este juicio, se solicitó un aplazamiento de la vista que el juez no aceptó. El día de la vista, Juana Rivas acudió acompañada de otro de los letrados del mismo despacho, Juan de Dios, que se presentó sólo para ratificar ante el juez que él no estaba preparado para ejercer la defensa y volvió a solicitar un aplazamiento. Ante la negativa del juez, De Dios abandonó el juzgado dejando a Rivas sin defensa y obligando a posponer la vista, que ha tenido lugar este miércoles.
Debido a esta actitud, el juez Piñar abrió un procedimiento penal contra De Dios. Ahora el titular del Juzgado de Instrucción 5 de Granada ha archivado esta denuncia. Admite que el abogado incumplió "un mandato expreso" del juez "alegando en conciencia la imposibilidad de asumir la defensa de la acusada, no asumiendo de facto la defensa letrada y abandonando la sala" pero considera que su conducta no contiene "exigencia legal de gravedad" que requiere el delito de desobediencia a la autoridad.
El juez no aprecia "falta de respeto o consideración debida" del abogado hacia el juez ya que "no profiere expresión alguna irrespetuosa y mantiene conducta que revele una falta de consideración".
Para el juez, la conducta del abogado puede ser objeto de una "mera corrección disciplinaria" al renunciar a la defensa de Rivas de forma "injustificada" al inicio del juicio, ya que Ramírez lo planteó en las cuestiones previas pero el magistrado rechazó su renuncia.
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