SEVILLA
María Salmerón no tendrá que cumplir la pena de prisión que pesaba sobre ella después de que el Tribunal Supremo revocase el mes de marzo pasado el indulto que le había concedido el Gobierno a su condena por incumplir el régimen de visitas, “por respetar la voluntad de mi hija, que no quería ver a su padre”, describe ella. Salmerón, que sufrió malos tratos continuados de su exmarido, condenado por ello a 21 meses de cárcel en el año 2008, se ha convertido en todo un símbolo de la lucha por la igualdad real y contra la violencia machista. Su actividad, su sufrimiento, su calvario han contribuido de manera decisiva al afianzamiento de la idea de que un maltratador nunca puede ser un buen padre.
Ahora, en un auto fechado el 28 de mayo pasado, la magistrada Yolanda Sánchez, titular del juzgado de lo penal número 13 de Sevilla, ha decidido, con el informe favorable de la Fiscalía, “declarar extinguida la responsabilidad criminal de María Salmerón por prescripción de la pena” y ha acordado el archivo definitivo de la causa.
Un juzgado de Sevilla decide "declarar extinguida la responsabilidad criminal de María Salmerón por prescripción de la pena"
La decisión no es firme aún, porque cabe un recurso a la Audiencia Provincial, que la expareja de Salmerón ya ha presentado, según indicó a Público la propia Salmerón. “Ahí lo tienes recurriendo. Esto es ensañamiento. Ha recurrido porque quiere verme en prisión. Pero si ya ha prescrito”, dijo a Público Salmerón, aliviada por un lado, pero harta, hastiada, por otro. Salmerón sigue sufriendo la persecución de su pareja en los tribunales nada menos que diez años después de que la justicia considerase que la “situación de sometimiento y temor que sufría ante una actitud despótica y humillante que ejercía el acusado de forma habitual y constante” sobre ella merecía 21 meses de prisión.
La magistrada Sánchez, en un trabajado auto, en el que cita profusa jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, y también de la Audiencia Provincial de Granada, y en el que reflexiona y razona con cierta finura dialéctica sobre la aplicación al caso Salmerón del debate doctrinal sobre la prescripción de las penas, acaba por concluir que, transcurridos más de cinco años desde que la sentencia que la condenaba devino firme, el 10 de abril de 2013, “se observa que no se ha suspendido la pena privativa de libertad ni ha quebrantado su cumplimiento dado que nunca ha dado inicio ni a la pena principal ni a la conmutada”. “Es por ello que acuerdo la prescripción de la pena impuesta a María Salmerón”, remacha la jueza Sánchez. Es decir, que como nunca se le aplicó la pena, esta ha prescrito.
En su momento, la Justicia no entendió que la condena a su exmarido supusiera un obstáculo para que pudiera ejercer como padre de la hija de Salmerón
La magistrada no acuerda lo mismo al respecto de la responsabilidad civil, por lo que Salmerón deberá pagar, de manera voluntaria o forzosa, 6.000 euros.
La lucha de Salmerón, auxiliar de clínica, que ha sido condenada e indultada varias veces por incumplir el régimen de visitas, ha servido, entre otras cosas, al ponerle rostro, para ubicar en el debate público (Salmerón ha recibido el apoyo de dirigentes de todas las fuerzas políticas, sobre todo de las de izquierda) la idea de que un maltratador nunca puede ser un buen padre. En su momento, la Justicia no entendió que la condena a su exmarido supusiera un obstáculo para que pudiera ejercer como padre de la hija de Salmerón y llegó a otorgarle la custodia. María solo pudo recuperarla tras una dolorosa batalla judicial que concluyó después de que los jueces accedieran a escuchar a la hija. Ella no quería estar con su padre.
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