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Interinos en fraude de leyMiles de interinos de larga duración, a la espera del Supremo y de la UE para evitar las oposiciones y ser empleados fijos
La Audiencia Nacional rechazó el recurso de una asociación de interinos al acuerdo de 2017 entre Gobierno y sindicatos para la convocatoria de oposiciones para puestos que estos empleados llevaban ocupando durante años en fraude de ley. Ahora recurren al
Madrid-Actualizado a
Los funcionarios interinos de larga duración (los que llevan más de tres años en su puesto) no cejan en su empeño de que les sea reconocida su trayectoria profesional en la Administración pública tras años de contratación en fraude de ley. La Audiencia Nacional falló en noviembre contra el recurso presentado por la Asociación Nacional de Interinos y Laborales (Anil) —unos 6.000 trabajadores públicos entre interinos y personal laboral no fijo, representados por el abogado gaditano Manuel Martos—, en el que pedían no tener que opositar para consolidar su plaza y en el que rechazaban el acuerdo de 2017 entre los sindicatos CCOO, UGT, CSIF y el Ministerio de Hacienda de Cristóbal Montoro para la mejora del empleo en el sector público.
Conocido como el "el acuerdazo", lo que se suponía un avance en la reducción de la enorme y enquistada temporalidad en el sector público ha derivado en una farragosa contienda judicial por parte de los trabajadores públicos, quienes se consideran perjudicados ante las nuevas ofertas de empleo público (OPE), en las que se convocan oposiciones para cubrir ya con funcionarios de carrera los puestos que han estado siendo ocupados por interinos, en muchos casos durante décadas, sin que hayan podido optar a consolidar su plaza por la falta de convocatorias públicas.
Son alrededor de 800.000 empleados los afectados por una situación que, denuncian, se ha extendido en el tiempo mucho más de lo permitido legalmente. Según el Estatuto Básico del Empleo Público, los interinos son aquellos que, “por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera”, pero “no podrán tener una duración superior a tres años, ampliable hasta doce meses más”. En este caso, la situación de “necesidad y urgencia” por la que fueron contratados ha durado varias décadas, contraviniendo la normativa europea.
Recurso al Supremo
Aun así, el fallo de la Audiencia Nacional afirmaba que no había "ninguna base jurídica” para la pretensión de los interinos en su recurso, que exigían no realizar las oposiciones para unos puestos en los que ya han acreditado de sobra su idoneidad. En su lugar, los trabajadores pedían un concurso de méritos, sin oposición, y en el caso de los indefinidos no fijos, una indemnización para quienes no obtuvieran plaza. Pero tras el mazazo de la Audiencia Nacional, la Anil ha recurrido al Supremo, aunque según el Abogado Manuel Martos, el fallo del Alto Tribunal se demorará, como mínimo, ocho meses.
Al mismo tiempo, los trabajadores esperan el dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que debe dirimir esta situación de abuso de contratación temporal por parte de las distintas administraciones españolas y cuya decisión se conocerá previsiblemente en enero o febrero de 2020.
El pasado octubre, la abogada general del TJUE, Juliane Kokott, emitió su informe preliminar al respecto de dos cuestiones prejudiciales de juzgados madrileños sobre este asunto. Este informe suele coincidir con el fallo posterior del tribunal en un alto porcentaje de las ocasiones, y Kokott fue bastante clara: España ha incumplido sistemáticamente las normas comunitarias, ya que ha renovado contratos temporales para ocupar puestos estructurales que deberían haber sido cubiertos por funcionarios de carrera. Afeaba que no hubiera un castigo “efectivo y disuasorio” en España para evitar este abuso de la temporalidad y dejaba claro que estos cientos de miles de trabajadores merecían una indemnización.
El asunto en liza es si esa indemnización por permanecer años contratados en fraude de ley pasa por la conversión de su interinidad en un puestos fijos. Kokott aboga por indemnizaciones económicas ajustadas, quizás, al despido improcedente, ya que la conversión en funcionarios de carrera de los interinos “tendría graves consecuencias para el acceso a la función pública en su conjunto y pondría seriamente en cuestión el objetivo de los procesos de selección”, que pasan necesariamente por un examen de oposición y un concurso de méritos.
Por su parte, el abogado Javier Aráuz lleva más de 5.000 casos de interinos demandantes por encadenamiento "abusivo" de contratos en la Administración. Él considera que, si el TJUE les da la razón, esos empleos deberían convertirse en fijos. De lo contrario, advierte, las indemnizaciones serían tantas y tan altas que resultarían inasumibles para las administraciones españolas.
Martos, en cambio, considera que el TJUE no va a convertir en fijo a nadie, a pesar de que reconocerá el “evidente” fraude de ley. “El TJUE sólo dará las líneas por las que habrá que seguir pleiteando de forma individual cada caso”, afirma el letrado, que se muestra convencido de que el Supremo le dará la razón y advierte de que ya está planteando conflictos colectivos en varias comunidades autónomas por la vía contencioso administrativa. Sin embargo, aunque son cientos de miles los afectados, son relativamente pocos los trabajadores públicos que intentan ganar la vía judicial. "Tienen muchísimo miedo a las consecuencias. Son, la mayoría, personas de más de 45 años, con difícil inserción laboral y que pueden irse a la calle tras décadas de trabajo", explica Martos, que también critica los sindicatos CCOO, CSIF y UGT, a los que acusa de haber firmado los acuerdos que han propiciado esta situación.
Mientras tanto, algunas administraciones, como la Diputación de Sevilla, han decidido paralizar sus convocatorias de empleo público hasta conocer el dictamen del TJUE sobre los interinos.
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