Madrid
Actualizado:El equipo jurídico del rey emérito ha presentado este martes a la Corte de Apelaciones de Inglaterra y Gales las alegaciones por las que considera que debe revocarse la decisión inicial del juez Mathew Nicklin de no reconocer inmunidad ninguna a Juan Carlos I por el presunto acoso denunciado por su ex amiga íntima Corinna Larsen. Los abogados del monarca ponen el foco precisamente en que, si según ella el CNI participó en los hechos por orden del entonces jefe de Estado, serían "actos soberanos" e inmunes.
Durante esta vista oral, que ha durado poco más de cinco horas en una doble sesión de mañana y tarde, el tribunal ha analizado la apelación formulada por los abogados del emérito para revertir la decisión adoptada el 24 de marzo por el juez Nicklin, que determinó que Juan Carlos no puede defender ninguna inmunidad para evitar las reclamaciones civiles de Larsen.
Como paso previo, el 18 de julio, los magistrados británicos autorizaron al rey emérito a recurrir la decisión de Nicklin, pero solo respecto a los hechos transcurridos entre 2012 y 2014, por lo que la vista de este martes se ha centrado en ese periodo de tiempo, a pesar de que la demanda de Larsen dibuja un horizonte temporal que llega hasta 2020: primero la habría presionado para retomar la relación y después habría intentado perjudicarla en sus negocios como venganza.
Un caso "clásico" de "actos soberanos"
El primero en tomar la palabra ha sido el abogado del antiguo monarca, que ha centrado su alegato –de unas dos horas y media– en resaltar la trascendencia legal de las "acusaciones específicas" realizadas por Larsen, que describen dos pasajes concretos de 2012: una visita que le habría hecho en Londres el entonces jefe del CNI, el general Félix Sanz Roldán, para amenazarla y un registro que agentes del CNI habrían llevado a cabo en su vivienda de Mónaco para amedrentarla.
El abogado del emérito insiste en la inmunidad del emérito
El letrado ha razonado que, si según la versión de Corinna, el CNI la acosó en una "misión encubierta" llevada a cabo por los servicios secretos españoles en el extranjero por mandato de Sanz Roldán, que a su vez habría actuado bajo las órdenes de Juan Carlos I, se trataría de un caso "clásico" de "actos soberanos" que están amparados por la inmunidad. Es más, el abogado del ex jefe de Estado ha añadido que dichos actos no supondrían un "abuso de poder" por parte de los agentes estatales que los llevaron a cabo.
James Lewis, abogado de Corinna, ha manifestado que el acoso contra la mujer con la que tuvo una relación sentimental "nunca es un acto soberano". Y se ha preguntado: "¿Fue un acto en virtud de su faceta pública? Si no lo es, entonces el emérito no es inmune". El magistrado ha argumentado que el acoso le ha provocado a Corinna ansiedad y depresión, pero los jueces cuestionaron este argumento al no haber un informe médico completo y oficial que indique que la demandante ha sufrido heridas psicológicas.
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