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Castilla y León Mañueco y García-Gallardo reforman el código ético para poder recibir regalos

La medida acaba con la prohibición de recibir "muestras de cortesía habitual" como consecuencia de su cargo, instaurada en la legislatura anterior.

El vicepresidente de la Junta de Castilla y León, Juan García-Gallardo y el presidente Alfonso Fernández Mañueco. Imagen de Archivo.
El vicepresidente de la Junta de Castilla y León, Juan García-Gallardo, y el presidente, Alfonso Fernández Mañueco. Imagen de Archivo. Photogenic/Claudia Alba / Europa Press

La Junta de Castilla y León permitirá, a través de una reforma del Código Ético y de Austeridad de los Altos Cargos, que el vicepresidente, Juan García-Gallardo, el presidente, Alfonso Fernández Mañueco, y otros miembros del Gobierno reciban regalos que sean "muestras de cortesía habitual" por sus cargos.

Esta reforma acaba con la prohibición establecida en la legislatura anterior, formada por PP y Ciudadanos. La formación naranja ha criticado la modificación que introduce una "salvedad" al texto anterior: "No podrán aceptar, en consideración a su cargo, ningún tipo de regalo ni beneficio de cualquier naturaleza, salvo las muestras de cortesía habitual, objetos conmemorativos, oficiales o protocolarios".

El nuevo código ético suprime el punto que establecía que, por su posición, "los altos cargos tenían que renunciar a invitaciones, comidas o entradas a cualquier tipo de espectáculo o acontecimiento deportivo, lúdico o cultural", exceptuándose "cuando obedezcan a criterios de representación institucional que figuren reflejados en la agenda pública".

Con todo, a fin de "evitar duplicidades que pueden dar lugar a confusión", se ha suprimido el contenido referido a las agendas, que queda integrado en el acuerdo sobre publicidad de las agendas de trabajo de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y sus entidades adscritas.

Esta nueva norma establece que los altos cargos se adhieran al código ético se efectúe a través de un documento escrito remitido al Registro de Bienes y Actividades de los Altos Cargos cuando toman posesión, sin necesidad de hacerlo bajo juramento a viva voz en el acto.

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