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La Justicia anula el plan de ampliación del dentista municipal del Ayuntamiento de Barcelona

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya alega que la salud bucodental es competencia de la Generalitat y, por lo tanto, el Ayuntamiento no puede ofrecer dicho servicio sin que se pruebe primero que no existen duplicidades en el ejercicio del mismo.

Imagen de un dentista y una paciente- 13/05/2020
Imagen de un dentista y una paciente- 13/05/2020. Marta Fernández / Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado los recursos del Ayuntamiento de Barcelona y de Barcelona Servicios Municipales y ha confirmado la sentencia previa de un juzgado de lo contencioso administrativo que anulaba el proyecto de ampliación del dentista municipal para toda la ciudadanía. El tribunal argumenta que la salud bucodental es una competencia de la Generalitat como administración sanitaria y que el Ayuntamiento no puede prestar este servicio sin un informe del Govern que acredite que no se producen duplicidades en este sentido. El proyecto fue recurrido por el Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de Catalunya (COEC).

Desde el año 2018 en la ciudad de Barcelona hay cuatro clínicas que ofrecen servicio bucodental a coste reducido para las personas en situación de vulnerabilidad. Con la actual propuesta se espera ampliar dicho servicio a toda la población, lo que implicaría una rebaja del precio del dentista de entre el 15% y el 40%. Desde el ayuntamiento se advierte que la suspensión del proyecto de ampliación no afecta a los servicios ya establecidos. 

Un juzgado ya anuló el proyecto en una sentencia del 30 de abril del 2021, pero el consistorio la recurrió al TSJC. El dentista municipal se aprobó en el pleno del Ayuntamiento de 29 de marzo de 2019, pero la iniciativa fue recurrida por el COEC.

Según la nueva sentencia del TSJC, la iniciativa municipal para la prestación de servicios de odontología "no se ajusta al marco competencial definido legalmente, ni puede considerarse una actividad complementaria", puesto que "incide en el ámbito material de prestación de servicios sanitarios, competencia de la administración autonómica". Así pues, concluye que se produce "una duplicidad en el ejercicio de las competencias". 

Además, alega que el régimen especial de la ciudad de Barcelona "no supone el desplazamiento de la legislación básica local en lo que se refiere a la necesidad de informes previos vinculantes de la administración competente en el que se señale la inexistencia de duplicidades".

La respuesta del Ayuntamiento de Barcelona

La concejala de salud del Ayuntamiento de Barcelona, Gemma Tarafa, ha mostrado "sorpresa" y "perplejidad" ante el hecho de que el tribunal haya determinado que el consistorio no tiene competencia para sacar adelante este proyecto. Y remarca que, a pesar de la sentencia, el proyecto "sigue vivo" y mantiene como fecha para su implantación el primer trimestre del próximo año.

Por su parte, Manuel O Mallo, responsable de los Servicio Jurídicos, indica que la Generalitat no ha cuestionado la competencia del Ayuntamiento y que la regulación permite al consistorio desarrollar actividades complementarias a otras administraciones si son de interés público y no afectan a su estabilidad presupuestaria.

Tarafa ha recordado que el 12% de las mujeres de Barcelona no han podido acudir al dentista por dificultades económicas en el último año y que en algunos barrios este porcentaje se eleva al 20%, por eso advierte de la importancia del proyecto. 

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