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El Supremo confirma las condenas para los cinco acusados de la 'manada' de Manresa por un delito de abuso sexual a una menor

El alto tribunal rechaza íntegramente los recursos de tres de los condenados contra las penas de entre 10 y 12 años.

El edificio del Tribunal Supremo
El edificio del Tribunal Supremo. Archivo. Alberto Ortega / Europa Press

El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que confirmó penas de entre 10 y 12 años de prisión por un delito de abuso sexual a cinco jóvenes acusados que violaron por turnos a una menor de 16 años en Manresa en octubre de 2016.

La Sala de lo Penal del Supremo rechaza íntegramente los recursos de tres de los condenados, que fueron los únicos planteados contra la sentencia, ya que los otros dos condenados no recurrieron. Tampoco recurrió la acusación particular ni la Fiscalía Superior de Catalunya, pese a que en el juicio les acusaba de agresión sexual.

El TSJC avaló que la violación múltiple que perpetraron contra una menor fuera considerada solo como abuso

La sentencia inicial fue dictada por la Audiencia de Barcelona el 21 de octubre de 2019. Los cinco condenados y las acusaciones recurrieron en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, que desestimó el recurso de los acusados y estimó parcialmente el de las acusaciones, en el sentido de elevar de 12.000 a 60.000 euros la cuantía de la indemnización que los condenados deben pagar a la víctima.

El TSJC avaló que la violación múltiple que perpetraron contra una menor en un botellón en una nave abandonada de Manresa fuera considerada solo como abuso al entender que no estaba probada la "intimidación ambiental" que permitiría elevarlo a agresión sexual.

Los violadores sabían que la menor estaba inconsciente

La sentencia considera probado que la menor estuvo tomando bebidas alcohólicas y fumando algún porro en un botellón al que acudió junto a un grupo de amigos, el 29 de octubre de 2016, en una fábrica abandonada situada en el Camí Torre d'en Viñas de Manresa, por lo que perdió la conciencia "de lo que pasaba y lo que hacía" y no la recuperó hasta la mañana siguiente.

Uno de los procesados, Bryan Andrés M., se llevó entonces a una caseta adjunta a la nave a la joven, cuya condición de menor de 16 años "no pasó desapercibida a ninguno de los congregados" así como su estado de "inconsciencia", y abusó sexualmente de ella.

Tras ello animó a hacer lo mismo a cuatro de sus amigos, que la penetraron vaginalmente, añade la sentencia. Posteriormente, dos de los procesados -Bryan Andrés M. y Maikel P., condenados a doce años- obligaron a la menor a que les practicara una felación.

Además de las penas de prisión, el alto tribunal ratifica el pago conjunto de una indemnización de 60.000 euros a la víctima así como la prohibición de acercarse y comunicarse con ella el tiempo que duren las respectivas condenas.

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