El Gobierno regula por primer vez el 'grooming' para luchar contra los delitos sexuales hacia menores
El Consejo de Ministros aprueba este martes el Proyecto de Ley Orgánica para la protección de los menores de edad en los entornos digitales.
Entre las medidas destacadas se encuentra la prohibición la creación de un nuevo delito para penar "los deepfakes" de contenido sexual.

Madrid--Actualizado a
Más de la mitad de los adolescentes ha sufrido violencia sexual en el entorno digital. La Plataforma de Infancia presentó el pasado mes de febrero un informe con una serie de datos relevantes sobre esta problemática. Con el objetivo de dar respuesta a este asunto, el Consejo de Ministros aprueba este martes el Proyecto de Ley Orgánica para la protección de los menores de edad en los entornos digitales.
La iniciativa la lidera el ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes que dirige Félix Bolaños y cuenta con la participación de otros ministerios como el de Juventud e Infancia de Sira Rego, el de Derechos Sociales y Consumo de Pablo Bustinduy o el de Transformación Digital de Óscar López.
"Se trata de una iniciativa pionera en Europa ya que el proyecto prevé la reforma del Código Penal para incluir nuevos delitos y medidas de seguridad", apuntan fuentes gubernamentales sobre la ley. Aquí se incluye la nueva penalización de los deepfakes, montajes creados con Inteligencia Artificial (IA) de contenido sexual para que lo que se incorporará un nuevo artículo al Código Penal.
También se regula por primera vez el llamado grooming. Está práctica consiste en la creación de una identidad falsa para engañar a un menor y cometer delitos sexuales. Realizarlo será un agravante para ciertos delitos sexuales, para lo que se incluyen tipos agravados en diferentes artículos del Código Penal.
La ley incorpora también como como posibilidad la prohibición de acceso o de comunicación en los entornos digitales, "lo que evitará tanto la revictimización como la reincidencia", apuntan desde el Gobierno. Para ello se modificarán varios artículos del actual Código Penal.
La ley incluye además la reforma de la Ley General de Comunicación Audiovisual. Tienes dos objetivos generales. Por un lado imponer obligaciones a los grandes operadores de la comunicación y a los influencers como, por ejemplo, utilizar sistemas de verificación de edad, o separar los contenidos que puedan incluir escenas de pornografía o violencia gratuita. Por otro, establecer enlaces a los canales de denuncias, y utilizar mecanismos de verificación de la edad, siempre que el contenido que estén difundiendo sea potencialmente perjudicial para los adolescentes.
Las 'loot boxes' o la condición de víctima
La reforma obligará a los fabricantes a incluir sistemas de control parental, además activados por defecto, en los dispositivos digitales. Y para proteger a los menores se prohibirá con carácter general su acceso a los "mecanismos aleatorios de recompensa en videojuegos y plataformas". Son las conocidas como loot boxes y que suponen en muchas ocasiones el primer contacto por parte de menores de edad con juegos de azar a cambio de dinero, y esto puede suponer una "normalización" de este tipo de productos.
Respecto al ámbito educativo y sanitario la ley incluye medidas para dotar de obligación a los centros educativos a contar con una regulación expresa sobre el uso de dispositivos móviles y digitales en el aula, así como en el resto de actividades e instalaciones escolares. También se pretenden desarrollar protocolos de atención específicos ante comportamientos adictivos hacia la tecnología.
Otro asunto que se incluye en la ley tiene que ver con la condición de víctima. Se establece así la "protección ante cualquier tipo de violencia de género o sexual en el ámbito digital, al reconocer la condición de víctima y, por tanto, sus derechos y el acceso pleno a los servicios de información y orientación, de acogida y asistencia psicológica, social y jurídica".
Según explican fuentes del Gobierno, la definición de violencia de género en la jurisprudencia tradicional se entiende que se ejerce de manera presencial, por lo que no está bien tipificado que existiera este tipo de violencia en entornos digitales ya que el uso de las nuevas tecnologías y el traspaso de este tipo de conductas está siendo reciente.
La nueva ley incluye a su vez una reforma la Ley de Protección de Datos Personales para aumentar la edad de consentimiento para el tratamiento de estos datos, de los 14 a los 16 años. Esto, explican fuentes gubernamentales, podría suponer en la práctica que se eleve la edad para registrarte en una red social que exija esos consentimientos de datos.
Por otro lado, se instará además a los poderes públicos a elaborar una Estrategia Nacional sobre la protección de la infancia y la adolescencia en el entorno digital.
La redacción de la norma ha tenido en cuenta los informes recabados de la AEPD, la CNMC, el CGPJ, el Consejo Fiscal, el CES, el Observatorio de la Infancia, el Consejo Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia, la Comisión para el Diálogo Civil con la Plataforma del Tercer Sector, el Consejo Nacional de la Discapacidad y el CISNS.
También se ha consultado a las comunidades autónomas, Ceuta y Melilla, a través de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia y a las entidades locales, a través de la FEMP. Ahora debe llegar al Congreso, pasar los trámites parlamentarios pertinentes y tener los apoyos necesarios para su puesta en marcha.
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